Municipio rechaza reclamo de ilegalidad y mantiene caducidad de permiso a mall
VIÑA DEL MAR. Director Jurídico municipal, Mario Araya, descartó que alcaldesa sostuviera una reunión con ejecutivos de Marina Arauco para discutir la vigencia del permiso.
El municipio de Viña del Mar rechazó el reclamo de ilegalidad que interpuso la empresa Marina Arauco contra el decreto que caducó el permiso otorgado para la construcción del nuevo centro comercial en 14 Norte.
La decisión surge 48 horas después de que el abogado de Marina Arauco, Juan Carlos Manríquez, expusiera a través de este Diario los argumentos que sustentan su reclamo contra la decisión del municipio viñamarino, que el 9 de junio revocó la autorización dada para la edificación, pese a que el proyecto llevaba un avance de 98% en su obra gruesa.
Uno de los detalles expuestos por Manríquez es que los inversionistas de Marina Arauco compraron el terreno y el permiso de edificación -que creen vigente desde el año 2000-, luego de sostener una reunión con la alcaldesa Virginia Reginato y sus asesores, quienes en dicha cita, de acuerdo al abogado, se habrían mostrado conformes con el proyecto que iban a desarrollar.
Aunque este Diario consultó formalmente a la alcaldesa, Virginia Reginato, la persona que respondió las consultas fue el director jurídico del municipio, Mario Araya, quien aclaró que "no es efectivo que autoridades y/o funcionarios municipales se hayan reunido con representes de la inmobiliaria para tratar temas relacionados con la vigencia del permiso en cuestión o su eventual caducidad.".
Además, dijo que "en lo concreto, las decisiones de las autoridades se reflejan en resoluciones dentro del marco jurídico vigente".
Con todo, ayer la Municipalidad de Viña del Mar dictó el Decreto Alcaldicio N° 9128, mediante el cual "rechaza el Reclamo de Ilegalidad interpuesto por don Sergio Novoa Balmaceda, en representación de Inmobiliaria Mall Viña del Mar S.A.", por cuanto, dicen, los fundamentos esgrimidos por la empresa no son tales.
En dicho decreto se especifica la actuación del municipio y se detallan los fundamentos que se tuvieron en consideración para caducar el permiso de obras. Entre estos, se defiende la decisión de la alcaldesa de emitir una orden de servicio al director de Obras para que caducara el permiso de edificación del mall.
INFORME DE CONTRALORÍA
El documento recuerda el dictamen del 11 de noviembre de 2011 de la Contraloría General de la República, que se refería al permiso de obra nueva N° 1.349 del 2000 y las "actuaciones administrativas verificadas ante la Dirección de Obras y la Seremi Minvu de la Región", que permitieron que el permiso continuara su vigencia, pese a que el municipio y grupos opositores afirmaban que no se habían iniciado obras en tres años. Sobre estas actuaciones, el abogado dice que "no se observaban fundamentos jurídicos para dar lugar a dicha sanción".
Explica también que un oficio de la Dirección de Obras del 6 de agosto de 2003, que validó el permiso de edificación que estaba en el plazo de caducidad, "no se ajustó a lo establecido en el artículo 1.4.17 ya citado, como tampoco lo hizo la Seremi, desde que no se aprecian antecedentes que permitan aseverar que dentro de los tres años siguientes a la dictación de la resolución DOM Nº 549 de 20 de junio de 2003 se hayan efectuado los trazados de la obrado".
En ese sentido, el documento que rechaza el recurso de ilegalidad advierte que "la Contraloría General de la República concluyó que tales actos administrativos se encontraban viciados por falta de fundamentos jurídicos".
Además, expuso que se solicitó la aclaración del dictamen de Contraloría el 22 de mayo y que ésta "puntualizó que la existencia de las irregularidades observadas en el actuar de dichos servicios públicos" no los inhibía de dar cuenta de las supuestas irregularidades en el permiso de obra nueva otorgado por segunda vez, y en la validación de las obras pese a no comenzar los trabajos.
"Añade el ente contralor que para adoptar dicha decisión se deberá tener presente el raciocinio efectuado en el dictamen N° 95.979; y, en lo que importa, concluye adicionalmente que la caducidad operará en forma automática, limitándose la autoridad, en el caso de concurrir dichos supuestos, a dictar el acto administrativo correspondiente", dice el documento.
Sobre esto, agrega que la Contraloría ordenó al municipio y a la Seremi informarle "acerca de las medidas adoptadas a consecuencia de ese pronunciamiento, dentro del plazo de 15 días contados desde la recepción del presente oficio".
El municipio justificó el decreto de caducidad de la obra, explicando que se basó en lo anteriormente expuesto y en el Ord. N° 1.372 de 2015 en el que la Seremi Minvu, según da a entender el municipio en el oficio, ordena resolver el tema. De hecho, en una publicación en este Diario del 4 de junio, el seremi Mauricio Candia declaró que "corresponde a la Municipalidad de Viña del Mar, a través del Departamento de Obras Municipales, dar cumplimiento al dictamen de Contraloría".
"NO ES RECLAMABLE"
El municipio sostiene que esos fueron los motivos por los que despachó la Orden de Servicio N° 0038 del 4 de junio de 2015, que ordenaba al director de Obras, Julio Ventura, caducar el permiso de edificación del mall sin más trámite. Sobre esto, el documento dice que se ordenó que se "diera cumplimiento a la instrucción de dicha Secretaría y procediese a dictar el acto administrativo terminal exigido por la Contraloría".
Sobre esta orden, la municipalidad sostiene que "no importa en términos expresos una resolución reclamable en los términos del artículo 12 de la ley 18.695, en tanto se trata de acto administrativo de naturaleza jurídica interna que no contiene decisión alguna, sino que tan solo conminar a la autoridad competente a proceder del modo requerido por la Contraloría General de la República".
Además, se afirma que "no se divisa que exista intromisión alguna en la competencia del Director de Obras Municipales, máxime, además, si lo resuelto por la Contraloría no solo se encuentra dirigido al mencionado director, sino que también a esta autoridad, cuestión ésta que resulta evidente cuando en el dictamen N° 40.981 de modo claro, sin eufemismo alguno, solicita 'al municipio' y no al director pertinente informar las medidas adoptadas a consecuencia de su pronunciamiento, y ello, en el plazo perentorio de 15 días".
Finalmente, la alcaldía afirma que lo resuelto por el Director de Obras no es una "decisión ilegal si por su intermedio se ha dado cumplimiento a lo ordenado perentoriamente por la Contraloría General de la República".
20
días corridos
pasaron desde el ingreso del recurso de ilegalidad que presentó M. Arauco.
"No es efectivo que autoridades y/o funcionarios municipales se hayan reunido con representantes de la inmobiliaria para tratar la vigencia del permiso"
Los abogados de Marina Arauco en el caso mall de 14 Norte ingresaron ayer, de forma paralela al rechazo del recurso de ilegalidad, una personería jurídica que acompaña dicho recurso y piden a la alcaldesa, Virginia Reginato, responder al fondo del tema. "Solicitamos a la señora alcaldesa que se pronuncie sobre el fondo de las peticiones contenidas en el mencionado libelo, dentro del plazo legal establecido en el artículo 151 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del Ministerio del Interior (...) que vence el día 30 de julio de 2015", dice el documento de la contraparte del municipio.
Pamela Boltei
2
recursos
contra el decreto de caducidad lleva en curso Marina Arauco.