Caso secta: Corte determinará arresto domiciliario de imputada
quilpué. Reconstitución de escena despejó posición de María del Pilar Álvarez en sacrificio de bebé en Colliguay.
La apelación verbal en audiencia que realizó ayer el fiscal jefe de Quilpué, Juan Emilio Gatica, impidió que una de las imputadas por el homicidio de un bebé de poco más de dos días en el rito que se realizó el 23 de noviembre de 2012 en el fundo Los Culenes de Colliguay, no quedara en libertad y solo con arresto domiciliario, tras ocho meses de estar en prisión preventiva en la cárcel de San Miguel por este caso.
Por tercera vez, la defensa de María del Pilar Álvarez (26) solicitó al Juzgado de Garantía de Quilpué sustituir la prisión preventiva por el arresto domiciliario total, a la luz de los nuevos antecedentes que surgieron de la reconstitución de escena que se realizó en Colliguay el miércoles y de las declaraciones de otros imputados, lo que ha aportado mayor precisión respecto de los hechos por los cuales se formalizó al grupo que lideraba Ramón Castillo (Antares de la Luz), padre del bebé que él mismo arrojó a una hoguera y que se suicidó en mayo en Perú, e integraban Natalia Guerra (madre del lactante), Karla Franchy, Carolina Vargas, Josefina López, Pablo Undurraga y David Pastén.
Otra mujer, Francisca Ceroni, quien acompañó a Castillo en su huida a Perú, fue formalizada como encubridora del homicidio calificado y está libre, al igual que Franchy, a quien recientemente se le sustituyó la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, porque no estuvo en el fundo el día del sacrificio del bebé.
En esta ocasión, la jueza María Alejandra Radic accedió a la solicitud de la defensa y sustituyó la cautelar de prisión preventiva respecto de María del Pilar Álvarez por la de arresto domiciliario total.
APELACIÓN
El fiscal Juan Emilio Gatica explicó que apeló verbalmente en la audiencia porque no comparten el criterio que fijó el tribunal en cuanto al grado de participación de la imputada. "Señaló (el tribunal) que por los nuevos antecedentes que se hicieron valer (la defensa) tendría una participación en calidad de cómplice, nosotros estimamos que por los antecedentes que tenemos hasta ahora, tiene calidad de autora y esperamos que la ilustrísima Corte de Apelaciones confirme la postura que ha tenido la fiscalía hasta el minuto", precisó.
Gatica comentó que tal como lo señaló la magistrado en su resolución, "todos los integrantes tenían conocimiento del fin que se le iba a dar a esta guagua una vez que naciera y que era la muerte; de ese conocimiento y aceptación del resultado también participaba la imputada (Álvarez)", dijo.
estuvo en colliguay
A diferencia de Karla Franchy, quien no estuvo la noche del sacrificio en el fundo, Álvarez sí, por eso no se allanó a la sustitución de la cautelar y apeló, y precisó que pese a la distancia que pudo haber entre la imputada respecto dela hoguera, eso no implicaba que no haya presenciado el hecho en términos de escuchar el llanto del bebé o los gritos de Antares, como lo cuentan otros implicados, o ver el resplandor de la hoguera donde se arrojó al lactante.
"Los imputados están en el sitio del suceso y tampoco hacen nada para evitarlo (el homicidio)", puntualizó.
INIMPUTABILIDAD
En cuanto a la inimputabilidad de Álvarez que argumentó sobre la base de informes sociológicos, psicológicos y psiquiátricos, que el tribunal sostuvo que debían ser resueltos en la etapa oral, Fodich comentó que en casos similares, como la secta de Pirque o el caso de Rodrigo Orias que degolló a un sacerdote en la catedral de Santiago, "uno ve conductas tan anti natura que lo normal es que esas personas lo hayan hecho con algún grado de privación del juicio de realidad", puntualizó.
Defensor destaca resolución
El defensor de María del Pilar Álvarez, Vinko Fodich, destacó la resolución del tribunal, porque "establece que los nuevos antecedentes dela investigación permiten hacer variar la circunstancia que originalmente se tuvieron en vista para decretar la prisión preventiva y por ende ha estimado hoy (ayer) que no es claro que respecto de mi representada haya un concierto criminal ni que haya estado cerca del lugar donde se cometió el crimen, por tanto, no puede tener responsabilidad como autor y accedió a la sustitución de la media cautelar".