El Sernac interpone demanda colectiva en contra de Banco de Chile por cláusulas abusivas
Comisiones. El servicio detectó cobros indebidos.
El Sernac interpuso una demanda colectiva contra Banco de Chile al considerar que "ciertas cláusulas y conductas" del Contrato Unificado de Productos de Personas son contrarias a la Ley del Consumidor. El ente protector del consumidor dice que en este contrato se cobran, por una parte, montos por concepto de comisión que no están permitidos por la ley y por otra parte, al dar valor al silencio del consumidor como manifestación de voluntad, lo que está expresamente prohibido por ley.
Tal como explica la demanda del Sernac, interpuesta la semana pasada, Banco de Chile ofrece un producto denominado Contrato Unificado de Productos de Personas, que incluye un contrato de cuenta corriente, un convenio de línea de crédito automático en cuenta corriente y un convenio de apertura de línea de sobregiro pactado en cuenta corriente.
"En primer lugar, el Banco de Chile, a propósito del contrato de sobregiro pactado, cobra comisiones que no están permitidas por la ley", dice la demanda. "No es admisible cobrar comisiones que, en realidad, no dan cuenta de una contraprestación distinta al uso del dinero que se da en préstamo".
Solicitudes
La demanda pide que se declare "la abusividad y consecuente nulidad total o parcial de las cláusulas del Contrato Unificado" detectadas. Además, el Sernac solicitó "la cesación de todos aquellos cobros que excedan de la TMC".