"Hasta el último hombre", así se llama la recién estrenada película de Mel Gibson, cuyo tema principal es la objeción de conciencia. Tema que no debería dejar indiferente a ningún chileno. ¿Qué es la objeción de conciencia y cuándo es legítimo apelar a ella?
Es el acto de una persona que se niega a obedecer una orden de la autoridad o una ley apelando a la existencia, en su fuero interno, de una profunda contradicción entre su (recta) conciencia moral y el deber que se le impone. Dicha objeción puede fundamentarse en convicciones religiosas, morales, profesionales o políticas, y se puede aplicar a situaciones muy diversas, como por ejemplo: un soldado que se niega ir a la guerra o a empuñar un arma (lo cual no implica, como en la referida película, servir a la patria de otra manera); un médico que se niega matar al más indefenso, débil e inocente de todos los seres humanos a través de un aborto, o a un anciano mediante la eutanasia. Desde una perspectiva jurídica se puede aplicar a un defensor público que no desea defender a un violador o a un terrorista. En el campo del periodismo, llamada cláusula de conciencia, la podría invocar un periodista para negarse a realizar un reportaje que violente su conciencia moral.
Nadie puede obligarnos a violentar nuestra conciencia, ese "íntimo santuario", como la llamó San Juan Pablo II en Evangelium Vitae, lo cual no implica que se la invoque en cualquier ocasión y como un servicio a la vida y no a la muerte. "De este íntimo santuario de la conciencia puede empezar un nuevo camino de amor, de acogida y de servicio a la vida humana" (Evangelium vitae 24). Paradójicamente "ante la progresiva pérdida de conciencia en los individuos y en la sociedad sobre la absoluta y grave ilicitud moral de la eliminación directa de toda vida humana inocente, especialmente en su inicio y en su término" (Evangelium vitae 57), la objeción de conciencia (aplicable también a universidades, hospitales, empresas) se hace cada vez más necesaria. Sin embargo, ella, no es un acto arbitrario o caprichoso de quien la invoca.
Pero también tiene un fundamento jurídico. Aquella ley que manda algo "injusto", como por ejemplo, eliminar a un ser inocente en el vientre materno, pierde su calidad de "ley", y por lo tanto no estoy obligado moralmente a obedecerla. "Así pues, el aborto y la eutanasia son crímenes que ninguna ley humana puede pretender legitimar. Leyes de este tipo no sólo no crean ninguna obligación de conciencia, sino que, por el contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia. Quien recurre a la objeción de conciencia debe estar a salvo no sólo de sanciones penales, sino también de cualquier daño en el plano legal, disciplinar, económico y profesional" (Evangelium vitae, 74).
Un país orgulloso de su democracia, debería permitir la objeción de conciencia, reconocida por lo demás implícitamente como un derecho por la ONU (1948).
Eugenio Yáñez
Vocero Voces Católicas