Servel autoriza redes sociales durante campaña, pero bajo estrictos criterios
ELECCIONES. El servicio informó que las plataformas de internet son "privadas", siempre y cuando no se contraten servicios pagados. En ese caso, pueden ser utilizadas sólo durante la campaña.
Cuando cada vez falta menos para las elecciones presidenciales y parlamentarias del próximo 19 de noviembre, esta semana el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer una nueva actualización del "Manual de Consulta de Campaña y Propaganda", que al igual que en otras oportunidades viene a aclarar todo lo que pueden y no pueden hacer los candidatos durante la etapa de campaña y el periodo de propaganda electoral.
Una de las principales inquietudes donde el organismo se detiene a explicar corresponde a la publicidad que se instala en la vía pública y en los plazos definidos para cada una de las etapas. Pero además, el servicio -en respuesta al avance que han tenido las plataformas de internet- nuevamente dio a conocer su interpretación respecto al uso de redes sociales, las que en el último tiempo se han convertido en una de las principales herramientas de los candidatos (ver foto).
De acuerdo al manual, el uso de éstas sí estará permitido, puesto que se dan en el marco de una "comunicación privada", lo que no constituye una "propaganda electoral". Sin embargo, si es que el candidato decide contratar algún servicio pagado para publicitar su página, sólo lo podrá hacer durante el periodo de propaganda, que comienza el próximo 20 de septiembre y finaliza el 16 de noviembre.
"Todo el contenido que sea compartido a través de redes sociales personales y que no tengan un pago asociado, será considerado comunicaciones privadas y por tanto no constituye propaganda electoral", indica el documento.
El pronunciamiento del Servel sobre el uso de redes sociales cobraba real importancia considerando que el año pasado, en el marco de las elecciones municipales, el organismo prohibió en un principio "realizar propaganda electoral a través de redes sociales como Facebook, Twitter, Whatsapp, entre otras". Luego, se retractaron tras las críticas que había recibido la medida.
A diferencia de ese año, esta vez el organismo amplió el número de redes sociales, y especificó que en ese rango entrarán Facebook, Linkedin, Twitter, Google +, Youtube, Instagram y Pinterest.
Respecto al detalle de la interpretación, el Servel profundizó que dichas plataformas son privadas puesto que van "dirigidas a una o varias personas", vale decir, al círculo de contacto de la cuenta.
"El intercambio que se produce con ocasión de las mismas está constituido por el ejercicio de la libertad de expresión, el planteamiento de ideas, el debate de las mismas entre los participantes y el voto informado. En suma, equivale a las opiniones que los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a emitir en su círculo de amistades o personas interesadas en la actividad política y al debate o discusión de ellas, con la diferencia que no se realiza de manera presencial, sino que a través de los medios señalados", dijo el organismo.
De allí es que en la eventualidad de que un mensaje publicado en cualquiera de esas redes trascienda más allá de sus "contactos" -que se entiende que de manera voluntaria accedieron a recibir información de esa página-, el Servel lo considerará como propaganda.
"El servicio de propaganda electoral contratado implica un desembolso en dinero, efectuado por el candidato, un partido político o un tercero en su favor, con ocasión y a propósito de actos electorales, lo que constituye un gasto electoral", agregó la entidad.
Considerando lo que estableció el Servel, en la Región de Valparaíso habrían dos candidatos -por ahora- que no estarían cumpliendo con la actual normativa.
Uno de ellos sería Luis Pardo (RN), aspirante a diputado por el Distrito 6. En una publicidad de Facebook, el candidato publicó una fotografía suya con su nombre y la palabra "diputado" abajo, acompañado de un texto que dice "La clase media está hasta el cuello con las deudas. Me la jugaré por protegerla, por más trabajo y oportunidades".
Consultado al respecto, el candidato negó estar pagando por ese mensaje, pese a que figura con la palabra "publicidad" y apareció en la cuenta de un usuario sin su consentimiento. "Mientras uno no pague para generar tráfico, las redes sociales no se consideran publicidad. Nosotros no estamos pagando. No estamos pagando para que eso circule", sostuvo Pardo.
La otra persona que estaría infringiendo la norma sería el exalcalde de Valparaíso, Francisco Bartolucci (UDI), hoy candidato al Senado. También en Facebook, el candidato publicitó su página llamada "Francisco Bartolucci Senador". El texto dice "marido, abuelo, abogado y profesor, un regionalista de la V Región #BartolucciSenador".
El exalcalde porteño aseguró que aún no ha revisado el nuevo instructivo, pero que una vez lo haga ajustará sus redes sociales "a lo que establece la ley". "La verdad es que ha habido bastante confusión. Algunos me decían que no se podía y otros que la ley no tocaba a las redes sociales. Pero me parece bien que el Servel lo aclare y llene este vacío legal. Desde luego que nos vamos a ajustar al instructivo", comentó Bartolucci.
En cuanto a la fiscalización de eventuales irregularidades, el Servel explicó que puede hacerlo directamente a través de sus direcciones regionales. Además, quien quiera presentar una denuncia podrá hacerlo de manera escrita ante la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral o la dirección regional correspondiente, y de forma digital a través de la página web del organismo.
El nuevo manual del servicio también incorporó aclaraciones respecto a la propaganda durante la campaña. Así, se explicó que en la vía pública no se podrán utilizar altoparlantes o megáfonos para promover una candidatura, tampoco rayar muros como antiguamente se hacía ni contratar servicios aéreos como avionetas.
La nueva ley electoral es aún más restrictiva, pues incluso prohíbe la publicidad en cualquier medio de locomoción colectiva, como habitualmente se hace en la parte trasera de las micros.
En cuanto a la propaganda en los espacios públicos, también se prohibió utilizar todos los metros cuadrados que un candidato tenga a su disposición para hacer una sola publicidad, como el año pasado lo realizó el excandidato a alcalde por Viña del Mar, René Lues.
Las donaciones entregadas por los candidatos también fueron materia de estudio para el Servel. De acuerdo al Artículo 24 bis de la Ley N° 19.884, se "prohíbe a los precandidatos y candidatos efectuar, con ocasión de la campaña electoral, erogaciones o donaciones en dinero, o en especies, en favor de organizaciones o de personas jurídicas o de personas naturales distintas de su cónyuge o parientes". Esto incluye el organizar cualquier tipo de actividad de servicio comunitario.
Lo anterior se debe a las denuncias presentadas históricamente, donde se acusaba a algunos candidatos de regalar obsequios durante alguna actividad proselitista. Lo que sí se puede entregar, según el servel, son artículos pequeños como lápices, chapitas o productos orgánicos, aún cuando en ellos se invite a votar por alguna candidatura. En tanto, los de mayor envergadura, como vinos, tazones o plantas, están prohibidos.
"El uso de redes sociales se entiende como comunicación privada, siempre y cuando no implique la contratación y el pago por dichos servicios"
Servicio Electoral"
Invitación a candidatos: 72 horas antes
Otro de los aspectos a los que hace alusión el documento es el protocolo que tendrán los organismos públicos para invitar a los candidatos a las actividades que se desarrollen en el territorio donde compitan. De acuerdo al Servel, esta normativa regirá desde el 20 de septiembre hasta el final de la campaña electoral. Pero además, los organismos deberán cursar las invitaciones con 72 horas de antelación, "debiendo garantizar la igualdad e imparcialidad en su cumplimiento". Lo llamativo, por ejemplo, es que los candidatos presidenciales deberán ser invitados a todas las actividades que se desarrollen en el país.