Quintero: abogado cree que argumentos de jueza serán claves ante la Corte
JUSTICIA. Ministra de corte porteña Silvana Donoso fue el voto de minoría que acogió recursos interpuestos tras los episodios de intoxicación masiva ocurridos el año pasado. Incluso, la magistrado alude al concepto de "zona de sacrificio".
katherine.escalona@mercuriovalpo.cl
El 11 de marzo de este año, los abogados recurrentes en el caso de contaminación atmosférica en Quintero y Puchuncaví -hechos ocurridos entre agosto y octubre del 2018 que provocaron síntomas de intoxicación en más de 1.700 personas-, presentaron ante la Corte Suprema el recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, fallada el 19 de febrero.
El recurso se encuentra en trámite en el máximo tribunal y los abogados que representan los 12 recursos de protección por vulneración de derechos tras estos hechos están a la espera de que se fije, por lo menos en un par de semanas más, la fecha de alegatos para comenzar el proceso y defender a los afectados. Esto, sin perjuicio de la publicación ayer en el Diario Oficial del texto del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Concón, Quintero y Puchuncaví (ver página 3).
El abogado Christian Lucero, representante de la causa "Francisco Chahuán con Enap Refinerías S.A", asegura que en esta etapa serán clave los argumentos expuestos en el voto disidente por parte de la ministra Silvia Donoso, quien falló a favor de acoger los recursos. En cambio, los ministros Patricio Martínez y Raúl Mera rechazaron la totalidad de los recursos porque, aseguraron, no existía un responsable por los hechos de contaminación en la zona.
En un escrito de 16 páginas, Donoso -de acuerdo a lo que explicó Lucero-, argumentó que sí se deben resguardar las garantías y derechos de los ciudadanos afectados por ley en contra a los dictaminado por los otros dos ministros.
El fallo de Donoso, dijo Lucero, sería clave en el caso por la contaminación en Quintero - Puchuncaví y debe ser considerado por la Corte Suprema por lo extenso y explicativo del argumento de la ministra que valida los hechos contaminantes, la situación de riesgo de la salud de las personas y la necesidad de amparo ante la ley.
"El voto de la ministra Silvana Donoso da cuenta de un análisis jurídico y de los hechos que revelan un conocimiento que permite llevar a la conclusión de cuáles son las medidas que en concreto se deben tomar para prevenir futuros eventos de contaminación como los vividos que afectaron a la salud y ponen en riesgo la vida y la integridad de las personas", aseveró Lucero.
Así también, explicó que "ese voto revela en primer lugar que hay un estudio y análisis profundo en los argumentos de este fallo de más de 12 páginas y estos necesariamente van a ser analizados por los ministros de la Corte Suprema. Nosotros estimamos que los fundamentos que existen para acoger el recurso (aprobar) son contundentes porque no se limitan a una sola opinión de los afectados, sino que se respeta con ellos indubitados lo que ocurrió, que dieron origen a que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) levantará cargos en contra de Enap por el incumplimiento de la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) N° 53-2005".
Lucero argumentó que los recursos que están en la carpeta que está analizando la Suprema, hablan de una afectación masiva por lo síntomas de intoxicación que sufrieron más de 1.700 personas.
Eso, explicó, independiente a que a la fecha aún el Estado no ha dado información de quién o quiénes serían responsables por la contaminación que afectó a la población en la fecha señalada.
"En situaciones como esta tan graves, en donde hubo una afectación masiva a la población no resulta legítimo que los organismos del Estado indiquen que no es posible determinar las causas ni los responsables de la intoxicación, toda vez que es un deber del Estado, incluyendo al Poder Judicial, adoptar las medidas oportunas para resguardar y proteger a la población", precisó Lucero.
Si el escenario de la Corte Suprema es contrario a los recurrentes, el abogado destacó que "se estaría aceptando el daño provocado en lugar de adoptar medidas que lo eviten, cuestión que es obligatoria para el Estado chileno y sus autoridades". Para el abogado que representa al senador Francisco Chahuán, sí existe culpabilidad de Enap en los hechos contaminantes, así como lo plantea en su causa.
"Los estanques que estaban haciendo operaciones de limpieza no cuentan con autorización medioambiental ni sanitaria. Sin que en la actualidad se hayan iniciado procesos sancionatorios respecto a la actividad de los tanques T 2005 - 2009, por lo que podría volver a ocurrir una situación como la que sucedió el año pasado".
Lucero dijo que es importante que el máximo tribunal tome en consideración el desmayo de dos funcionarias de la Bidema de la Policía de Investigaciones (PDI) "que concurrieron a fiscalizar los estanques de Enap. Lo que demuestra la relación evidente que existe entre el evento toxicólogo y las labores realizadas por la recurrida los días de los dos eventos que afectaron masivamente a la población".
A lo que se suma la formalización de cargos que realizó la SMA a la estatal por el "uso indebido del sistema de tratamiento de riles del Terminal Marítimo de Quintero".
Para el senador Francisco Chahuán (RN), se continuará con el recurso de protección, al asegurar que quiere acabar con la situación de impunidad tras los hechos ocurridos el año pasado en Quintero y Puchuncaví, "para que en definitiva se establezcan las responsabilidades en el caso y se reestablezca el derecho de los quinteranos, puchuncavinos y conconinos a vivir en un medio ambiente libre de contaminación".
Argumentos de la jueza donoso
Daños a personas "Por otra parte, habiéndose producido una situación de emergencia que implica aplicar alerta amarilla respecto de los lugares tantas veces mencionados, necesario resulta dilucidar si a consecuencia de lo ocurrido, hubo personas afectadas a quienes sea menester prestar ayuda"
Monitoreo a empresas "El monitoreo de las emisiones quedaba entregado a las empresas y en ese contexto, ENAP, ya en julio de 2017 mantenía una excedencia del límite del parámetro 'Hidrocarburos Volátiles', que de acuerdo al análisis inicial arrojaba un exceso de 169%"
Responsabilidades "Que, en adelante, corresponde contrastar los hechos aludidos en el motivo precedente, con las obligaciones legales que algunos de los recurridos podrían haber omitido, incumplido o cumplido tardíamente"
Zona de sacrificio "Que, de lo expresado, se puede afirmar que, una zona saturada desde hace más de dos décadas, ha sido "sacrificada" al menos y a simple vista, en dos vertientes: se han seguido autorizando proyectos que impactan al medio ambiente y la inexistencia de Planes de Preven- ción y Descontaminación".
"
La verdad es que Valparaíso no puede seguir con esa ruina (edificio Subercaseaux) instalada en la mitad del Barrio Puerto.
Emilio de la cerda, subsecretario de Patrimonio