Katherine Escalona M.
El fallo del Tribunal Ambiental que mantiene la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto "Terminal Multipropósito" de Oxiquim, abrió una nueva arista judicial, puesto que el abogado de los pescadores que interpusieron el recurso de reclamación para revertir la aprobación ambiental, Alfredo Nebreda, confirmó que acudirán a la Corte Suprema.
El jurista aseveró que tras el rechazo del recurso de reclamación que fue interpuesto en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, que aprobó la iniciativa en enero de 2017, "estamos estudiando ir a la Corte Suprema".
Según explicó el abogado, los pescadores no estarían de acuerdo con la resolución del Tribunal Ambiental porque la entidad lo rechazó por haber procesos medioambientales en curso. La decisión de los ministros fue con dos votos a favor y uno en contra, lo que permitió desestimar el libelo.
"No compartimos la interpretación del Tribunal Ambiental y, por lo mismo, seguiremos las instancias pertinentes para buscar que los derechos de los pescadores a participar sean reconocidos", aseveró el abogado Alfredo Nebreda.
El recurso de reclamación ante el Tribunal Ambiental fue interpuesto por los pescadores de Quintero el 23 de noviembre de 2017 y ese mismo año fue aprobado por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso la RCA de la iniciativa, que da luz verde a la realización del proyecto que aún se encuentra en trámite.
Esto, porque aún no hay resolución respecto a la aprobación o rechazo que debe hacer el Ministerio de Defensa a la solicitud de ampliación de la concesión marítima que solicitó la empresa, la que sí fue recomendada favorablemente por la Comisión de Uso de Borde Costero de la región.
Trámites pendientes
El fallo del Tribunal Ambiental que se analizó de forma, da cuenta que el recurso de reclamación interpuesto en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental fue rechazado porque, de acuerdo a la legalidad medioambiental, se tienen que agotar todas las instancias para pedir una reclamación de la RCA, situación que no habría ocurrido a la fecha.
De acuerdo a lo que detalla el escrito, los pescadores tienen aún un trámite pendiente. Se trata de una arista legal en materia medioambiental en el Comité de Ministros por una reclamación al proceso de Participación Ciudadana (PAC) del mismo proyecto.
Ante esto, el Tribunal determinó que "la interposición paralela de reclamaciones administrativas y judiciales puede resultar, eventualmente, en decisiones contradictorias, y con ello, alimentar una innecesaria incertidumbre jurídica en el contencioso administrativo ambiental".
Dada esta condición, el escrito establece que "resuelta la reclamación PAC respecto del proyecto, que se funda en los mismos antecedentes que la solicitud de invalidación, cuyo rechazo origina estos autos, debe prevalecer la vía recursiva administrativa, pues con ello se respeta el orden consecutivo legal, valor fundamental del sistema jurídico vigente".
La sentencia subraya que "si se desconociera la prevalencia del régimen recursivo especial de la Ley N° 19.300, se verían afectados diversos principios relacionados entre sí, en particular los de economía procesal, concentración, congruencia y seguridad jurídica".
Pac en proceso
Para los ministros del Tribunal Ambiental, según especifica el documento, es fundamental lo que consagra la Ley 19.300 sobre bases generales del Medio Ambiente, que corrobora la Participación Ciudadana (PAC) como un elemento principal del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
En base a este principio se analizó el recurso de reclamación y se sostuvo que los pescadores "solicitaron la invalidación de la RCA N° 16/2017, en circunstancias que lo procedente era que estos hubieren participado en el proceso de participación ciudadana de la evaluación del proyecto y que luego hubieren reclamado de la decisión de la autoridad mediante la reclamación PAC, utilizando en consecuencia el régimen recursivo especial para impugnar las RCA".
Sin embargo, afirmó el escrito, "refrenda la anotada conclusión la circunstancia de que los reclamantes no fundamentan ni presentan antecedentes que den cuenta de alguna imposibilidad concreta para haber presentado sus observaciones en la evaluación ambiental del proyecto".
Por estas indicaciones concluyeron que "la decisión de la Comisión de Evaluación de declarar inadmisible la solicitud de invalidación de los reclamantes se ajustó a derecho, en lo esencial y sin perjuicio de lo señalado en los considerandos noveno a vigésimo segundo, pues resulta improcedente e inconciliable la presentación de una solicitud de invalidación fundada en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, con la vía recursiva especial del artículo 29 de la Ley N° 19.300".
Y explicaron que "de igual forma, la presentación de una reclamación PAC en forma paralela a la solicitud de invalidación objeto de autos, cuyos contenidos revelan similares pretensiones, las cuales, en cuanto al fondo, fueron resueltas por el Comité de Ministros, a la luz de lo expuesto resulta inconciliable con el régimen recursivo especial contenido en la Ley N° 19.300. Por todos estos motivos se rechazará la reclamación interpuesta".
El recurso de reclamación en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental que aprobó la RCA del proyecto de Oxiquim fue interpuesto por 53 pescadores de Quintero el 23 de noviembre de 2017 y el Tribunal Ambiental declaró admitida a trámite la solicitud el 20 de diciembre del mismo año.
El 29 de septiembre la Comisión declaró inadmisible la solicitud de invalidación y la RCA se mantuvo vigente, situación que perdura tras lo determinado por el Tribunal Medioambiental, que tuvo un voto disidente del ministro Felipe Sabando, quien -en definitiva- determinó acoger la reclamación y ordenar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) admitir a trámite la solicitud de invalidación interpuesta por el grupo de pescadores.
Sobre la resolución, desde Oxiquim informaron que "respetamos la institucionalidad ambiental vigente en el país y en esta oportunidad no nos referiremos a este tema puntual, dado que es un proceso judicial en curso y que como empresa no nos hicimos parte de esa reclamación".
Características del proyecto
El proyecto del Terminal Multipropósito de Oxiquim en la bahía de Quintero considera una inversión de US$ 126 millones y consiste en implementar dos sitios que servirán para aumentar la capacidad para recibir naves y generar la transferencia de graneles. El objetivo principal del proyecto es "la implementación de una alternativa en la zona central para el embarque y descarga de gráneles sólidos y líquidos mediante la instalación y operación de un Terminal Marítimo Multipropósito en la bahía de Quintero, que permitirá descargar, almacenar y despachar los graneles, utilizando al efecto algunas de las instalaciones ya existentes de Oxiquim".
"No compartimos la interpretación del Tribunal Ambiental y, por lo mismo, seguiremos las instancias pertinentes"
Alfredo Nebreda, Abogado reclamante
"La interposición paralela de reclamaciones (...) puede resultar, eventualmente, en decisiones contradictorias"
Fallo del Tribunal