Tribunal rechaza prescripción de condena para Enrique Kittsteiner
JUDICIAL. Fiscalía y CDE cuestionaron que exfuncionario de la Intendencia no se presentara a la audiencia, enfatizando que pena impuesta es por un total de 8 años. Abogado defensor apelará.
El Juzgado de Garantía de Valparaíso rechazó la solicitud de prescripción de la pena que hizo la defensa del exjefe de gabinete del exintendente Raúl Celis, Enrique Kittsteiner, quien en 2014 fue condenado a ocho años en total de cárcel efectiva por los delitos de malversación de caudales públicos y fraude al Fisco.
En 2013 fue sindicado como cómplice, junto a Sergio Núñez (exjefe de Administración y Finanzas de la Intendencia) y Claudio Uribe (contratado vía Ministerio del Interior) de una defraudación que terminó por alcanzar cerca de los $200 millones vinculados a diferentes proyectos concursables, mediante los que se obtuvieron y rindieron facturas falsas, girándose millonarios montos para cubrir cuentas vinculadas a iniciativas inexistentes del área de seguridad ciudadana y deportes, con cargo al 6% del FNDR.
En agosto de 2014, a Kittsteiner se le condenó a cinco años de presidio menor en su grado máximo por el delito de malversación de caudales públicos, y tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de fraude al Fisco, ambos con pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Luego, la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió, el 6 de octubre, que los ocho años debería cumplirlos de manera efectiva, visión que confirmó la Corte Suprema.
Sin embargo, desde esa fecha y hasta ahora Kittsteiner se encuentra prófugo y con orden nacional de búsqueda.
La mañana de este miércoles se realizó la audiencia para revisar la petición hecha por su abogado, Luis Octavio Contreras. A las 11 horas comenzó el proceso en la sala número 8 del tercer piso, bajo el mando de la magistrada Silvia Quintana y sin la presencia de Kittsteiner, situación que fue uno de los puntos clave del debate.
Contreras explicó su solicitud afirmando que en vista de que se trata de dos penas, una de cinco y otra de tres, cada una ya habría prescrito bajo la lógica de que han pasado cinco años desde su dictación, destacando que dicha petición está avalada por un requisito previo que presentó al tribunal que acredita que el condenado no ha salido del país.
El fiscal Claudio Rebeco enfocó su argumento en tres puntos, siendo el primero el que el imputado no estaba en la sala.
"Procesalmente esta causa está con un sobreseimiento temporal fundado en una situación de rebeldía", dijo, por lo que para "reactivar la causa y pronunciarse sobre una cuestión de fondo, como es la prescripción de la pena, nos parece que es relevante que el imputado también se presente".
Pena global de 8 años
Asimismo, recordó que Kittsteiner fue condenado a dos penas, remarcando que "el tribunal pone penas por separado, cinco años y tres", pero que tras la apelación la Corte dijo que ambas penas "importan una sanción global de 8 años y un día, que corresponde a una pena de crimen". En esa línea, destacó que "esa fue la razón por la que se le negó la libertad vigilada, porque se entendió que era globalmente una sola pena de 8 años y que, por lo tanto, superaba el umbral que se requiere para la libertad vigilada, mismo razonamiento que pareciera sostenerse ahora".
Finalmente, cuestionó la permanencia de Kittsteiner en el país, pese al informe presentado por el abogado defensor. "Chile es un país de largas fronteras y, por tanto, no puede descartarse que él haya podido salir del país a través de un paso no fronterizo", dijo, y pidió solicitarse un informe de búsqueda a la Policía de Investigaciones (PDI) "para que nos dé cuenta en un informe más acabado si tiene antecedentes acerca de las posibles salidas del país del imputado".
Problemas para aplicar
El abogado del CDE, Javier Rojas-Mery, reforzó los argumentos del persecutor: "Lo que se requiere es la presencia personal, física del imputado en la audiencia del día de hoy", mencionando que si en ese momento el tribunal decidiera no prescribir la condena, Kittsteiner debería volver a la cárcel, lo que no podría aplicarse porque él no se encontraba en el tribunal.
En respuesta, el abogado defensor enumeró jurisprudencia de 1962, destacando que se trata de un caso anterior a la reforma judicial, "un sistema inquisitivo y no garantista", comentó. También citó el artículo 102 del Código Penal, señalando que la prescripción puede dictarse de oficio aunque el imputado o acusado no la alegue y mencionando que la presencia de éste debe considerarse en forma jurídica y no material.
Asimismo, mencionó que la sentencia condenó a Kittsteiner a dos penas, "toda vez que es irrelevante la forma en que la Corte denomine lo anterior en una audiencia en que sólo se discutió la procedencia del, entonces, beneficio de pena sustitutiva", y pidió en forma subsidiaria a la prescripción total, se aplique una prescripción gradual.
El tribunal rechazó ambas solicitudes. La magistrada dijo que el juzgado "citó especialmente al imputado en su resolución, como lo hace normalmente, para que personalmente -y no representado- compareciera a la audiencia" y que "no obstante encontrarse rebelde sobreseído temporalmente, insiste en su actitud contumaz de no cumplir con las resoluciones decretadas por los tribunales de la República". Además, tomó en cuenta que "no obstante la forma en que se determinaron las penas impuestas, éstas deben ser sumadas".
A la salida, Contreras no habló mucho, pero dijo que "vamos a recurrir esta resolución ante la Corte de Apelaciones", trámite para el que cuenta con cinco días. "(Kittsteiner) se encuentra en el país, mantengo contacto con él, es mi cliente. (No asistió) porque constituye un riesgo esta audiencia como, de hecho, ocurrió. Pienso distinto (a la Fiscalía) y la Corte tendrá que decidir".
"Vamos a defender nuestra misma posición (en la Corte). Vamos a insistir en que es un requisito (que él se presente) para pronunciarse".
Claudio Rebeco
Fiscal
"No es verdad que búsqueda no ha sido acuciosa. La PDI ha hecho un despliegue importante y nos hace concluir que puede estar fuera del país".
Javier Rojas-Mery, Abogado del CDE
5 años han pasado, aproximadamente, desde que la pena de ocho años fue dictada para E. Kittsteiner.