Aun cuando se respete el legítimo derecho deliberante de los tribunales, cuesta -siendo bastante sinceros- entender los variados vuelcos en fallos respecto de casos de gran relevancia acaecidos en la Región de Valparaíso durante el último tiempo.
Prueba de ello parecieran ser las publicitadas decisiones sobre la prescripción de la doble condena, de 3 y 5 años, del exjefe de gabinete del exintendente Raúl Celis, Enrique Kittsteiner, responsable del "Fraude a la Intendencia 2", por parte de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que desestimó el fallo anterior del Juzgado de Garantía, por lo cual recibió un recurso de queja ante la Corte Suprema de parte del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y específicamente contra los ministros Raúl Mera y Pablo Droppelmann, además de la abogada integrante Susana Bontá, a quienes se les imputa haber cometido "graves faltas o abusos al dictar sentencia" en su veredicto, acusación que -no está de más explicar- es tremendamente complicada.
Paralelamente, la Corte de Apelaciones revocó el fallo del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, que condenó exclusivamente al soldador Carlos Rivas -y al millonario pago de costas a los damnificados- por el incendio de febrero de 2013 en Rodelillo, Placeres y San Roque, ampliando ahora la responsabilidad a la inmobiliaria RVC, que deberá hacerse partícipe de una indemnización cercana a los 1.000 millones de pesos.
Pero si de confusiones se trata, el premio se lo llevan sin lugar a dudas las decisiones judiciales tomadas durante el estallido social, cuando en primer término se limitó el uso de armamento no letal en manifestaciones pacíficas, luego se amplió a todo evento y, finalmente, terminó con dos fallos opuestos.
Más tarde se prohibió el uso de "sustancias químicas tóxicas" en protestas no violentas, lo que posteriormente sería desestimado por la Quinta Sala al acoger el recurso de reposición interpuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Entre tanto, sendos recursos de protección presentados por la Municipalidad de Valparaíso y los rectores del CRUV limitaron la potestad de Carabineros.
Como se dijo al comienzo de este editorial, nadie está por cuestionar los fallos, pero su comprensión se hace eminentemente difícil con vuelcos tan rotundos en las decisiones judiciales locales y la sospecha ciudadana de que, a ratos, los fallos se basan más en cuestiones políticos que en el Derecho propiamente tal.