Las funciones del Congreso en Chile
Facultad de Derecho Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Facultad de Derecho Universidad de Valparaíso
El Congreso Nacional es una asamblea que cumple con tres funciones propias en un régimen de separación de poderes: la representativa, la legislativa y la de control.
Sin duda, la función representativa es la de mayor relevancia para el éxito de una democracia. Su ejercicio depende, en buena medida, de la regulación electoral y de los partidos políticos. Los partidos políticos, para obtener el poder, deben ganar elecciones y ellas se ganan o pierden respetando las normas electorales que los propios partidos, a través de sus representantes, aprueban de acuerdo a su conveniencia.
La ley electoral vigente restablece la representación proporcional para la elección de parlamentarios. Su sistema de listas, cerradas y bloqueadas en lenguaje técnico, refuerza el poder de las directivas de los partidos para llevar al parlamento a los candidatos que ellos estiman adecuados. El mismo sistema, por otro lado, debilita la posibilidad de los ciudadanos de seleccionar, premiar o castigar a los candidatos individualmente considerados.
Otros parlamentos, como el norteamericano, el británico o el alemán, utilizan normas electorales que permiten a los ciudadanos, cada dos o cuatro años, premiar o castigar a los buenos o malos representantes en el parlamento, minimizando la capacidad de intervención de las directivas de los partidos políticos.
El esfuerzo por mejorar la representatividad de los parlamentarios no sólo exige reducir los territorios electorales y el número de escaños por distrito. Exige además descentralizar la distribución del financiamiento estatal de las campañas y territorializar el régimen de aportes o donaciones privadas. La celebración de primarias debe ser obligatoria, como también la aplicación de requisitos de residencia serios.
La función legislativa se ha mantenido dentro de la generalidad buscada y reforzada por el constituyente de 1980. Las leyes de quórum especial, con excepción de las interpretativas de la Constitución, merecen ser revisadas, ya que han perdido sentido. El carácter misceláneo de la ley, que pensábamos erradicado, ha reaparecido con creciente fuerza, lo que no debe admitirse.
La función de control, tan relevante para el constitucionalismo, pide con urgencia una instancia racional y realista de debate político que no se transforme en espectáculo vacío y repetitivo. No es necesario inventar la rueda. Basta con estudiar los parlamentos más antiguos, como el británico.
Repensar la democracia
representativa
Democracia Democracia y poder legislativo están unidas porque la libertad e igualdad de los ciudadanos sólo es posible en la medida que se gobiernen por leyes dadas a sí mismos. La democracia directa sería el modelo que respetaría esa dualidad simultánea de ciudadano legislador y súbdito. Sin embargo, lo complejo de nuestras sociedades hace inviable plantearla como alternativa general, restando sólo la democracia representativa.
A este modelo le es consustancial el Parlamento. Órgano compuesto por un cuerpo de ciudadanos electos que ejercen, en nombre de la ciudadanía general, el poder de dictar leyes. A su vez, para funcionar acude a la ficción de la representación democrática de los ciudadanos electores.
Sin embargo, las protestas sociales en Chile y en otros lugares dan cuenta de su insuficiencia y agotamiento, especialmente porque la representación no salvaguarda la igualdad política para influir en el proceso legislativo, por el contrario, abre las puertas al poder desigual de los sectores sociales favorecidos.
Tampoco rinde tributo al vínculo fiduciario que une al represente con el soberano popular limitando la sanción política del mal legislador a la elección siguiente, lo cual desatiende los efectos nocivos del caudillismo normalmente aparejado a las malas autoridades y que neutraliza la sanción del voto.
Si bien no se aboga por la eliminación de la democracia representativa, es urgente que, en la nueva Constitución, se hagan cambios profundos para sintonizar el Parlamento con la voluntad general de los ciudadanos de participar en igualdad y equidad en el destino del país.
Se debe fortalecer la democracia directa a través de mecanismos plebiscitarios dirigidos a revocar el mandato de legisladores que defrauden la confianza pública del soberano o sancionarlos políticamente; y a que el pueblo soberano se pronuncie sobre asuntos de gran magnitud colectiva (Suiza).
De igual modo, es necesario introducir la iniciativa popular de ley y reformas constitucionales, junto con reformular el proceso legislativo para convertirlo en un espacio público, transparente e igualitario.
Son propuestas necesarias para pasar de una lógica de ciudadanos tratados como espectadores sin poder a una verdaderamente democrática de ciudadanos que forman parte de la mesa del poder.
Alan Bronfman Vargas
Profesor de Derecho Constitucional
Profesor Dr. Carlos Dorn Garrido
Profesor Adjunto
Derecho Administrativo