Corte de Apelaciones aclara que el Gobierno es el que debe decidir cuarentena regional
JUDICIAL. Los cuatro recursos de protección presentados en la región han sido declarados inadmisibles.
Desde que fue decretado el Estado de Catástrofe por el Presidente Sebastián Piñera, municipalidades e instituciones han presentado ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso cuatro recursos de protección para que la Justicia obligue a autoridades de Gobierno a decretar cuarentena obligatoria o cierre de rutas en diversas comunas ante el avance del coronavirus, acciones que, sin embargo, han sido declaradas inadmisibles por considerar que es el Poder Ejecutivo el que debe definir tal acción.
Esta situación fue aclarada por el vocero de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ministro Raúl Mera, quien tras el último fallo del tribunal de alzada por un recurso presentado por la Municipalidad de El Quisco en contra del ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el jefe de la Defensa Nacional, contraalmirante Yerko Marcic, para establecer una cuarentena y bloqueo de la Ruta 68, aclaró que es el Gobierno el que tiene las competencias para decretar tales acciones.
El magistrado afirmó que en relación al fallo de El Quisco, lo que también se vio en los tres anteriores, "la Corte declaró la inadmisibilidad del recurso por estimar que no estaba allí solicitando simplemente una medida concreta de resguardo respecto del derecho constitucional de que se trataba, sino que derechamente una solicitud que implicaba adoptar medidas de Gobierno, decisiones políticas en definitiva".
A raíz de esto, el ministro Mera dijo que "no hay duda de que estamos ante una emergencia sanitaria y de eso no hay duda ni de los recurrentes ni de la autoridad. El punto es cuáles son las mejores estrategias para enfrentar; y cuáles sean las mejores estrategias para enfrentar (el virus) no es un tema que pueda definir el Poder Judicial. No se trata, entonces, de una resolución que pueda definirse en una sentencia, sino que es una medida directamente de Gobierno que le corresponde decidir al Poder Ejecutivo. Es una política pública, cuya dirección corresponde al Poder Ejecutivo y no a los tribunales. Esa es la razón de la inadmisibilidad declarada".
Sin embargo, afirmó el ministro de la Corte de Apelaciones, "sin perjuicio de lo señalado, esa inadmisibilidad es susceptible de ser recurrida de apelación, de manera que la última palabra en ese caso la tendría la excelentísima Corte Suprema de Justicia".
Los ingresados
A la fecha han ingresado a la Corte de Apelaciones de Valparaíso cuatro recursos de protección que buscan la cuarentena para la protección de la población ante la proliferación del coronavirus y el cierre de rutas, acciones que hasta el momento no ha decretado el Gobierno y que también se han solicitado al contraalmirante Yerko Marcic, jefe de Defensa Nacional.
En este sentido, el primer recurso de protección que ingresó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso fue el interpuesto por el Colegio Médico regional y el rector de la Universidad de Valparaíso, Aldo Valle, el 20 de marzo, en contra del ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el jefe de la Defensa Nacional, "ordenándole que en uso de sus facultades excepcionales limite la circulación de los habitantes de la región, decretando la denominada 'cuarentena' por un periodo de 14 días, incluyendo eventualmente el cierre del acceso a la región por la Ruta 68".
El recurso fue declarado inadmisible el 23 de marzo y por esto el 24 del mismo mes los recurrentes presentaron un recurso de reposición que busca la admisibilidad. En el documento ponen como ejemplo un recurso de protección interpuesto por el Colegio Médico ante la Corte de Apelaciones de Copiapó por la misma causa, documento que fue declarado admisible por este tribunal el mismo día que fue rechazado en Valparaíso.
El segundo recurso de protección interpuesto fue el que corresponde a la Municipalidad de El Quisco contra Mañalich y Marcic, y solicita- al igual que el anterior- "que en uso de sus facultades excepcionales limite la circulación de los habitantes de la región, decretando la denominada 'cuarentena' por un periodo de al menos 14 días, incluyendo eventualmente el cierre temporal de acceso vehicular a la comuna de El Quisco", lo que no fue acogido.
Por esto, el municipio de El Quisco presentó otra acción judicial ante Corte porteña para que se reconsidere la solicitud, puesto que han ido en aumento los contagios del coronavirus, pese a las medidas decretadas por el Gobierno, y dan a conocer como referente el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que declaró admisible el recurso de protección por el mismo motivo que fue presentado por la Municipalidad de Combarbalá.
A estos dos recursos se anexan el recurso de protección presentado por diez abogados de San Felipe y el recurso de protección interpuesto por Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) regional para la protección de los empleados públicos.
ANEF regional acusó ilegalidad
En el recurso de protección interpuesto por la ANEF regional en contra del ministro de Salud y el jefe de la Defensa Nacional regional se acusa "omisiones ilegales y arbitrarias en las que han incurrido, consistentes en la infracción a sus deberes de resguardo de la vida, la integridad psíquica y física de las personas y la salud pública, en razón de constituir dicha omisión una violación al menos a una de las garantías constitucionales". Por esto solicitan a la Corte que garantice los derechos de los funcionarios públicos ante la exposición del coronavirus.
20 de marzo fue interpuesto el primer recurso de protección, a dos días de decretado el Estado de Catástrofe.
4 recursos de protección fueron presentados para solicitar cuarentena y cierre de ruta en la región.