Embarazada de gemelos cumplirá la sentencia en su casa
DECISIÓN JUDICIAL. Fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso permitió el arresto domiciliario estricto, pero con salidas al hospital.
Una mujer con 20 semanas de un embarazo gemelar, monocorial y con alto riesgo vital, que estaba recluida en el Centro de Detención Preventiva de Quillota, logró interrumpir su pena de cinco años y un día como autora de un delito de robo con violencia, tras reunir las condiciones necesarias para terminar su periodo condenatorio en su domicilio.
Luego de haber presentado una primera solicitud para interrumpir su pena privativa, apelando a la libertad vigilada bajo un control telemático ante el Juzgado de Garantía de San Antonio que no prosperó, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió una segunda solicitud, un recurso de amparo, que consideró los antecedentes de la mujer considerada como "población de riesgo" y la exposición que suponía su reclusión ante la pandemia de coronavirus.
La decisión se apoyó en el acuerdo internacional suscrito por el Estado chileno en 1996 sobre la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer, conocida como "Convención De Belem Do Para", que exige que se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio de derecho y asegurar la protección del afectado, además de incluir otras normas tales como las Reglas de Tokio, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), entre otras, todas con miras a proteger al más desvalido.
En relación al fallo, la ministra de la Corte de Valparaíso, Silvana Donoso, dijo que si bien no existe una normativa que ofrezca tales beneficios, "no podemos aducir que no exista normativa para resolver la situación propuesta, ya que las convenciones internacionales que Chile ha ratificado y, por lo tanto, se convierten en normativas internas, sí permiten a través de las obligaciones contraídas, llegar a la decisión que se adoptó por esta sala que fue suspender el cumplimiento de la condena".
Y aunque el veredicto supone la restricción domiciliaria total, no obstante contempla visitas al hospital o situaciones que revistan una emergencia sanitaria. Por otro lado, respecto a la condición de otras mujeres, embarazadas e internas en algún recinto penitenciario del país, Juan Carlos Manrique, abogado y litigante ante la Corte Penal Internacional y la CID, cree que el fallo no aplica como medida general.
"Sólo en situaciones excepcionales, muy acotadas. O sea, no se podría hacer de esto una aplicación general, para cualquier persona, hombre o mujer, en situación de minoría (LGBTI) o personas con dispacacidad o tercera edad".
Ley de Indulto
Cabe mencionar que las últimas semanas se ha discutido el proyecto de ley presentado por el Presidente Sebastián Piñera que contempla un indulto conmutativo que busca descomprimir el hacinamiento de los recintos penintenciarios del país, a propósito de la expansión del covid-19, e incluye a todos los reos de baja peligrosidad y grupos de riesgo, entre ellos, mujeres embarazadas.
El Parlamento aprobó, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, el proyecto que beneficia, además, a hombres mayores de 60 años, mujeres de 55 años y madres con hijos menores dos años, quienes podrán finalizar sus condenas con arresto domiciliario.
Por último sólo resta que el Tribunal Constitucional revise el requerimiento para incluir a los condenados por delitos de lesa humanidad.
Pandemia y CIDH
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos elaboró la resolución denominada "Pandemia y Derechos Humanos en las Américas" donde entrega una serie de recomendaciones donde, en el apartado de personas privadas de libertad, se aconseja que los Estados americanos flexibilicen sus medidas carcelarias. Se pide buscar alternativas al encierro y evaluar los beneficios penitenciarios de los grupos de riesgos, entre ellos, las mujeres gestantes que están incluidas en el escrito.
"No se podría hacer una aplicación general para cualquier persona, hombre o mujer, minoría o discapacitado".
Juan Carlos Manriquez, Abogado
2 embarazadas