CDE asume defensa a favor de Carabineros por caso balines
REGIÓN. Acción es de carácter administrativo y, por ello, la entidad presentó un recurso de apelación al fallo de la Corte porteña. Se suman otras organizaciones.
Un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso presentó el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en favor de Carabineros, tras asumir la defensa en general de la potestad legal de la institución de acuerdo a su Ley Orgánica, producto del fallo del 19 de junio de la Quinta Sala del tribunal de alzada, que prohibió la ocupación, a todo evento, de escopetas antidisturbios y exigió a la institución policial implementar un protocolo que regule su utilización.
La decisión de la Corte acogió en parte 14 recursos de protección que cuestionaban el accionar de la policía uniformada por el uso de escopetas antidisturbios en el marco del estallido social, acompañando para ello informes de organismos de derechos humanos, ante lo cual el tribunal resolvió que el accionar de Carabineros "ha sucedido en la desproporcionalidad con la cual la fuerza pública ha desplegado los elementos disuasivos".
No obstante, el vocero de la Corte, magistrado Raúl Mera, precisó que de existir posibles delitos cometidos por fuerzas policiales contra personas, eso "era materia de una investigación criminal", por lo que no se consideró en la aceptación de los recursos.
Ante esta resolución, el procurador fiscal de Valparaíso del CDE, Michael Wilkendorf, argumentó en el recurso de apelación que la decisión del tribunal de alzada no se ajusta a derecho y que se pide revocar la acción. "Se sirva tener por interpuesto el presente recurso de apelación (...) y concederlo para ante la Corte Suprema, a fin de que nuestro máximo tribunal revoque esta sentencia de primera instancia, por ser contraria a derecho, y rechace por completo todas las acciones constitucionales intentadas", precisa.
Argumentos
Sobre la causa, desde el CDE informaron que la sentencia se aparta "de lo resuelto en ocasiones anteriores y de lo fallado por las restantes Cortes del país" porque "prohíbe a Carabineros de Chile el uso, a todo evento, de balines percutados a través de escopetas antidisturbios, le obliga a implementar un protocolo para su utilización".
No obstante, afirmaron que "tal protocolo ya existe", para que "en el caso que se produzcan manifestaciones públicas en la ciudad de Valparaíso se adopten todas las medidas de resguardo, seguridad y vigilancia tanto de los edificios públicos como privados, frente a todo acto de carácter vandálico".
Tras estos argumentos, para el CDE "los recursos de protección debieron ser rechazados, ya que carecen de objeto y perdieron toda oportunidad no sólo por cuanto ya existe el protocolo que exige la Corte, (...) sino que, además, Carabineros ya informó, hace meses, que adoptó la decisión de suspender el uso de la escopeta antidisturbios con munición no letal, pudiendo ser utilizados estos elementos cuando exista un peligro inminente de muerte del funcionario".
Recalcaron que "considerando la actual situación de emergencia sanitaria y las consecuentes restricciones a la circulación, (...) no existe actualmente un conflicto de orden y/o seguridad pública en plazas y calles, como fue posible observar a partir del 18 de octubre de 2019". El fallo, acotaron, desconoce que Carabineros se encuentra autorizado para hacer uso de elementos disuasivos, lo que está establecido en el Decreto Supremo N° 1086.
Organizaciones
A la causa también se sumaron la Multigremial de las Fuerzas Armadas, el Círculo de Coroneles de Carabineros de Chile y la Asociación de Oficiales de la Armada en Retiro, quienes presentaron recursos de apelación.
El abogado Javier Gómez, quien representa a las dos primeras organizaciones, dijo que "para nosotros los balines no son considerados elementos disuasivos no letales para cumplir sus funciones y velar por su propia integridad física".
Subrayó que "nadie desea ni celebra que se produzcan lesiones, pero ante hechos de violencia, la comisión de delitos como los incendios, el uso de bombas molotov, la destrucción de bienes públicos, Carabineros está autorizado constitucionalmente y legalmente para defender los derechos de la sociedad".
Mientras, el abogado Leonardo Contreras, quien representa a a los oficiales de la Armada en retiro, aseveró que "el fallo restringe las facultades que tiene Carabineros, de estos elementos disuasivos no letales, que serían más que una protección en favor de quienes recurren, una restricción que puede dar Carabineros a hechos delictuales dejando en desprotección a la ciudadanía, la integridad física y salud, incluso, de quienes se manifiestan pacíficamente".
"Los balines no son considerados elementos disuasivos no letales para cumplir sus funciones y velar por su propia integridad".
Javier Gómez, Abogado de organizaciones
14 recursos de protección en contra de Carabineros fueron los acogidos por el tribunal de alzada.