Visiones distintas hay en el mundo jurídico sobre caso de la jueza
LIBELO. Magistrados cierran filas en torno a Silvana Donoso, no así el presidente del Colegio de Abogados de Valparaíso.
Distintas visiones hay en el mundo jurídico luego que la Cámara de Diputados admitiera la acusación constitucional contra la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Silvana Donoso, quien presidía la Comisión de Libertad Condicional que le otorgó ese beneficio en 2016 a Hugo Bustamante, hoy formalizado por la violación y femicidio de Ámbar Cornejo.
Mientras los jueces cierran filas en torno a Donoso, suspendida de sus funciones tras lo ocurrido en el Congreso, el presidente del Colegio de Abogados de Valparaíso tiene una visión más acorde con lo que plantearon los diputados acusadores.
La presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, planteó que "como Asociación nosotros estamos muy preocupados por lo que ocurrió ayer (jueves) en la Cámara de Diputados, porque como lo dijimos en su oportunidad, entendemos que la figura de la acusación constitucional, que es una acusación política, y que se aplica a funcionarios no políticos, es una grave anomalía en el sistema de responsabilidad de los jueces".
El diputado Pablo Prieto dijo que hubo defensas corporativas a la ministra Donoso, en alusión a la intervención del Presidente de la Corte Suprema, las de otros jueces invitados y la de la propia Piñeiro, quien respondió que "nosotros hemos hecho una defensa no corporativa, tanto es así que lo dijimos en nuestra presentación, porque estos son principios que la Asociación Nacional de Magistrados viene relevando, las deficiencias las viene anotando, y solicitando la reestructuración de los sistemas de responsabilidad de los jueces desde, al menos, un par de décadas".
Por otra parte, varios diputados destacaron el testimonio de las dos relatoras que trabajaron para la Comisión de Libertad Condicional el 2016. Osvaldo Urrutia incluso dijo que habían dejado en evidencia que la defensa de la jueza mintió descaradamente al decir que no dispusieron de los informes psicosociales de Gendarmería ese año. Frente a esas afirmaciones, Piñeiro prefirió no pronunciarse, argumentando que "eso ya es una decisión de fondo que tienen que analizar quienes van a juzgar eso", es decir, el Senado.
Informes psicosociales
Tanto la ministra Donoso, como su defensa, argumentaron que los informes psicosociales de Gendarmería no eran un requisito que impusiera la ley. Sin embargo, la ley tampoco impedía su utilización, Al respecto, Piñeiro sostuvo que "más allá de que pudiera o no pudiera haberse considerado, si lo que se está pretendiendo analizar es si se ha cumplido o no con los requisitos, pareciera que se cumplió con todos los requisitos".
Una visión distinta tiene el presidente del Colegio de Abogados de Valparaíso, Alejandro Gómez, quien planteó que "efectivamente, si uno va al tenor literal, esos informes no eran vinculantes para la comisión, pero yo creo que forman parte de los antecedentes que se tienen que tener a la vista. El informe de Hugo Bustamante no lo he visto, pero al parecer era negativo y apuntaba a que no era conveniente su libertad, entonces yo lo que esperaría es que los jueces en la comisión analizaran todos esos elementos, que apreciaran esos informes al momento de decidir".
Para Gómez, "las revisiones del cumplimiento alternativo de penas tienen que hacerse con un exhaustivo examen de los antecedentes. Si lo que señalan las relatoras en cuanto a que hubo un examen solamente formal y sólo de algunos aspectos, me parece que es un tema que debe ser regulado, porque creo que el otorgamiento de este beneficio tiene que cumplir con exigencias que requieren un estudio acabado de los antecedentes".
En ese sentido, el dirigente estima que "la labor de los jueces no es una labor aritmética en que uno va sólo sumando elementos y va haciendo una especie de check list. Yo creo que la labor de los jueces debe ser de un análisis y ponderación de los antecedentes".
En cuanto a la discusión sobre si la libertad condicional es un derecho o un beneficio, Gómez estima que "es un beneficio, no es un derecho, y como beneficio, su interpretación tiene que ser lo más acuciosa y estudiada posible, ya que modifica una decisión que, luego de un debido proceso, ya fue tomada por otros jueces que decidieron una sentencia con un tiempo de pena mayor. Y lo normal, lo lógico es que se cumpla esa sentencia. Eso no obsta que todas las personas podemos cambiar y nos podemos arrepentir de lo que hemos hecho, pero ese análisis hay que hacerlo caso a caso y de acuerdo a los antecedentes que se dispongan".
Corte suprema discrepa
Por su parte, la vocera de la Corte Suprema, Gloria Chevesich, señaló que el máximo tribunal considera "muy lamentable que la Cámara, en votación dividida, haya declarado que se hace lugar a la acusación constitucional", pues consideran que "no se configura la causal establecida en la Carta Fundamental, esto es el notable abandono de deberes".
Chevesich subrayó que "la Corte Suprema estima que la decisión adoptada constituye un grave atentado a uno del valores principales de la judicatura que es la independencia judicial y espera que el Senado comparta esta postura y, por lo tanto, la desestime".
"Creo que el otorgamiento de este beneficio (libertad condicional) requiere un estudio acabado de los antecedentes".
Alejandro Gómez, Presidente del Colegio de, Abogados de Valparaíso
73 votos a favor de admitir la acusación hubo en la Cámara de Diputados, 52 en contra y 14 abstenciones.