Nicolás López ingresa a la cárcel tras solicitud de la Fiscalía y querellantes
JUDICIAL. Tribunal de Juicio Oral de Viña del Mar acogió ayer la medida cautelar en contra del cineasta, condenado a una pena de 5 años y un día por dos delitos de abuso sexual.
Internación inmediata al centro penitenciario Santiago Uno, en la Región Metropolitana, ordenó ayer el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Viña del Mar respecto al sentenciado por dos casos de abuso sexual, el cineasta de "Qué Pena tu Vida", Nicolás López. El condenado ingresó ayer a la cárcel, cerca de las 11 horas, en automóvil particular y acompañado de su abogada para cumplir la medida cautelar de prisión preventiva hasta que sea ejecutoriada la sentencia de 5 años y un día por ambos delitos.
La determinación se llevó a cabo en la audiencia de revisión de medidas cautelares contra López, solicitada por la Fiscalía. El persecutor Francisco Lanas expuso que el cineasta era "un peligro para la sociedad" y que no se podía descartar la fuga porque la sentencia no estaba ejecutoriada. La defensora, Paula Vial, argumentó que su defendido no contaba con redes e incluso tenía una merma en sus ingresos lo que respaldó con una ficha social, pero no fue considerado.
El magistrado Fernán Rioseco concluyó que "el tribunal, de manera unánime, decreta la prisión preventiva del sentenciado Nicolás Javier López Fernández y considerando que su domicilio en este momento es el que ya se indicó, (...) deberá ingresar al penal de Santiago Uno y lo que corresponde es despachar una orden de detención en su contra por ambas policías para efecto de que se pueda cumplir con esta resolución".
Argumentos del top
Antes de la determinación del tribunal, el juez detalló los argumentos por los cuales se tomó la resolución. Expuso que se basaron en elementos objetivos.
Detalló que "se trata de dos delitos graves en abstracto porque tienen asignada una pena de 3 años y un día a 5 años, que en este caso además concurre la circunstancia del delito de violación, (...) que es emplear fuerza e intimidación para cometer los delitos, es decir, la gravedad de los hechos y de la pena asignada por la ley".
Al ser sentenciado, aclaró, la pena se debe cumplir de forma efectiva, en la cárcel. Es más, dijo que "se trata de víctimas distintas, por lo tanto, existe una pluralidad de personas afectadas y de lesión del bien jurídico protegido por el legislador que es un bien jurídico muy importante que constituye en la libertad y la integridad sexual de las víctimas".
El tribunal descartó lo postulado por la defensa de López de colaboración sustancial, comparecencia, falta de redes y falta de dinero. Estimó que, al contrario, "se estableció un patrón de conducta abusivo por parte del acusado y no solamente con las dos víctimas, (...) sino que también ese patrón, y el fallo lo deja establecido, afectó a otras personas".
Es más, el magistrado explicó que "finalmente es cierto lo que dicen los acusadores de que hay un tercer hecho (de violación y ultraje público a las buenas costumbres), que solamente no se pudo castigar porque en esa época era atípico, no era punible" y acotó que "el informe social que acompaña la defensa evidentemente no cambia la discusión".
Luego, el tribunal estimó la prisión preventiva en el penal Santiago Uno a lo que la defensa apeló y solicitó la internación en el anexo penitenciario Capitán Yáber, lo que tampoco fue aceptado.
Fiscalía y defensa
En audiencia, el fiscal Francisco Lanas fue claro y estimó que la libertad de López, tal como se mencionó, era un peligro para la sociedad. Dijo que en la investigación el cineasta "no colaboró y manipuló evidencia", por cual lo existía un peligro de fuga evidente tras ser condenado a 5 años y un día por el delito de dos hechos de abuso sexual contra dos mujeres.
A esto, manifestó, "se acreditó un tercer hecho que no era punible a la época de los hechos, pero es relevante que tenemos tres víctimas que vieron afectadas su indemnidad y libertad sexual por los hechos realizados y de connotación sexual de Nicolás López", dando a conocer que el delito por el cual fue sentenciado es uno de los más graves.
Lanas argumentó que "si bien (López) tiene un arraigo nacional que podría prever un intento de fuga, lo cierto es que hoy cualquier persona puede ingresar o salir del país por un paso no habilitado. Más aún cuando el señor López cuenta con los recursos para ello. Tiene bastos recursos, contactó al menos cinco peritos, defensa privada, contactos en el extranjero, un sinnúmero de salidas del país previo a la formalización".
Esto último fue descartado por Vial, quien aseguró que las circunstancias de López en 4 años cambiaron. "Él lleva más de cuatro años sin actividad laboral, justamente en razón de esta investigación, lo que ha significado una merma importantísima en sus ingresos. No quisiera entrar en detalles, pero en este minuto es menos de un millón de pesos al mes", destacó.
También descartó "redes internacionales" y aclaró que "todos esos contactos los ha perdido, esas relaciones se han terminado y el informe social da cuenta de que su arraigo está principalmente focalizado en su red primaria". Terminada la audiencia, en un comunicado, informó que "tal como lo hemos dicho, no estamos de acuerdo con la condena de cinco años y un día y solicitaremos la nulidad del juicio".
Mientras, la querellante Grace Schmidt, manifestó que "este es un paso fundamental para que las puertas se abran para las víctimas del sistema penal, que las víctimas de violencia sexual tengan la confianza de que pueden denunciar en espacios seguros. Es un hecho histórico que Nicolás López cumpla la prisión preventiva y es parte de un fallo histórico también".
La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, también se pronunció y dijo que la determinación del tribunal "nos parece que es seguir entregando señales de que el abuso sexual y la violencia contra las mujeres no es una cuestión tolerable".
"No estamos de acuerdo con la condena de cinco años y un día y solicitaremos la nulidad del juicio".
Paula Vial, Abogada defensora de López
"Es un hecho histórico que Nicolás López cumpla la prisión preventiva y es parte de un fallo histórico también".
Grace Schmidt, Abogada querellante
5 años y un día es la sentencia de cárcel efectiva que decretó el Tribunal Oral por dos casos de abuso sexual.
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