Corte Suprema ordena revisar demolición de Punta Piqueros
JUDICIAL. Máximo tribunal calificó de "imprecisa" la determinación de exseremi Minvu, Evelyn Mansilla, de no demoler porque el acto causaba un daño natural.
En un contundente informe, de un total de 28 páginas, la Corte Suprema revocó el fallo en primera instancia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y acogió la apelación del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar en contra de la Seremi Minvu de la Región de Valparaíso, que rechazó el 4 de mayo de 2021 la solicitud de demolición del Hotel Punta Piqueros, en Concón.
El máximo tribunal estableció que "se deja sin efecto el Ordinario N° 1.062, emitido por la recurrida el 4 de mayo de 2021" y precisó que "se acoge la solicitud presentada por la actora el 14 de marzo de 2021 y, en su virtud, se ordena a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo emitir un nuevo pronunciamiento respecto de la demolición de las obras del proyecto".
Esto, "conforme a las circunstancias de hecho y de derecho a la fecha de la solicitud, previo informe de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Concón", a quien la autoridad no solicitó, según redactó la Suprema en el fallo, el citado informe cuando emitió el pronunciamiento en 2021, mediante el cual rechazó la demolición de la estructura bajo la causal de que este acto podría causar un daño mayor a la naturaleza del sector. La resolución fue de la Tercera Sala con voto en contra del ministro Jean Pierre Matus.
Acto "impreciso"
En el documento, la Suprema deja en evidencia que el actuar de la Seremi Minvu fue "impreciso" e "infundado". La Seremi Minvu no solicitó informe a la DOM de Concón respecto a la demolición y no requirió apoyo técnico, según estipula la ley, para la determinación de no demoler amparada en afectación a la naturaleza.
El fallo afirma que "de concurrir riesgos de esta naturaleza, (...) exige a la Secretaría actuar en unidad con los órganos administrativos competentes" y da a conocer que "la inexistencia de una evaluación ambiental afinada respecto de la construcción del edificio impide, por ahora, analizar comparativamente el impacto que producirá la demolición, de manera tal que el argumento contenido en el acto recurrido resulta impreciso".
La Suprema concluyó que la autoridad regional "no ha fundado debidamente la decisión de rechazar la solicitud de la Corporación Pro-Defensa" de demolición, pese a que la obra carece de permisos de edificación "resultando manifiestamente insuficientes los motivos, (...) incurriendo, con ello, en ilegalidad".
Reacciones
El abogado de la Corporación, Gabriel Muñoz, valoró el fallo de la Corte y dijo que el máximo tribunal "por quinta vez ratifica los argumentos propuestos por la Corporación. Es un fallo histórico e inédito porque se hace cargo de todas las antojadizas interpretaciones que ha hecho la Inmobiliaria Punta Piqueros- del grupo Urenda, Said, Eluchans y Bolocco- durante 10 años en esta región".
Afirmó que "lo más claro es que reitera que, desde el año 2013, la construcción no tiene un permiso de edificación válido ni vigente, que se debería atener a lo ratificado en el Plan Regulador de Concón del 2017 que no han hecho, y que el acto de la Seremi de Valparaíso del Gobierno de Piñera fue un acto ilegal, por lo que ordena un nuevo procedimiento para desmantelar la construcción".
A través de un comunicado, la actual seremi Minvu, Belén Paredes, afirmó que cumplirán con lo mandatado por la Suprema "a fin de retrotraer el procedimiento al estado de presentación de la solicitud realizada por el Comité de Defensa del Borde Costero, lo que implica solicitar un informe al director de Obras Municipales de Concón que nos permita fundar una nueva resolución". "Creemos que la sentencia es concordante con el plan y visión de nuestro Gobierno", sostuvo.
En tanto, el alcalde de Concón, Freddy Ramírez, puntualizó que "como municipio vamos a acatar el fallo en su totalidad y lo que nos queda desde el análisis jurídico que estamos desarrollando, a propósito de este fallo, es el pronunciamiento que el tribunal más alto del país le ha pedido a la seremi de Vivienda y Urbanismo".
"Es fallo histórico e inédito, porque se hace cargo de todas las antojadizas interpretaciones que ha hecho la Inmobiliaria".
Gabriel Muñoz, Abogado Comité Pro, Defensa del Patrimonio