Ley Nain-Retamal se aplicó a policía condenada por apremios
VIÑA DEL MAR. Carabinera que hizo desnudar a detenida en comisaría resultó favorecida, pese a que su vida no corría peligro. Diputados cuestionan decisión.
Una polémica aplicación retroactiva de la Ley Nain-Retamal hizo el Tribunal de Juicio Oral en lo penal de Viña del Mar, al rebajarle la pena a la excarabinera Lorena Carolina Carrillo Chapa, quien fue condenada por el delito de apremios ilegítimos, cometido en 2019 en contra de la joven K. M. V. en la Primera Comisaría de la Ciudad Jardín, lugar donde la vida de la uniformada no corría peligro ni estaba siendo atacada por la denunciante, que son parte de las circunstancias para poder aplicarse esta nueva normativa.
Según se lee en el fallo, "el 21 de noviembre de 2019, en horas de la tarde, en el interior de la 1ª Comisaría de Carabineros de Viña del Mar, ubicada en calle 4 Norte N° 320 de esta ciudad, la acusada, sargento 1° de Carabineros Lorena Carolina Carrillo Chapa, al momento de realizar la revisión de las detenidas, obligó a la víctima doña K. A. M. V. a desnudarse completamente y realizar sentadillas (...), infringiendo de esta forma los protocolos institucionales, específicamente la circular N° 1832, publicada el 04 de marzo de 2019".
Hechos acreditados
La sentencia añade que el Ministerio Público "en su alegato de clausura señaló que logró acreditar los hechos de la acusación, así como la responsabilidad de la acusada, con las pruebas presentadas" y que "la afectada indicó lo que sintió al ser obligada a desnudarse, humillada y sin control de su cuerpo. Identificó a la acusada durante la investigación y en la audiencia de juicio".
En sus considerando, el fallo agrega que "ninguna duda se ha planteado sobre la existencia de los hechos y la responsabilidad de la acusada, por lo que sólo cabía rechazar la petición de absolución planteada por la defensa".
La parte resolutiva de la sentencia indica que "se condena a la acusada Lorena Carolina Carrillo Chapa (...) como autora del delito de apremios ilegítimos, cometido en grado de consumado (...) a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio. Se le impone, además, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y el pago de las costas del juicio".
Por cumplir los requisitos que la ley exige, la condenada podrá cumplir su pena de manera remitida, es decir, no en prisión.
Fiscal lo solicitó
Al respecto, la Fiscalía Regional de Valparaíso explicó a través de una declaración pública que "la nueva redacción de la Ley N° 21.560, 'Nain-Retamal', elimina la agravación de pena consistente en que la conducta del autor recaiga en 'una persona que se encuentre bajo el cuidado, custodia o control del empleado público'. Tratándose, por tanto, de una ley más favorable para el imputado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 18 del Código Penal, fue el propio fiscal de la causa quien solicitó al tribunal no aplicar la agravante como sí se había establecido en la acusación. Esta solicitud también fue reiterada por la defensa de la condenada y el tribunal resolvió no aplicarla".
Tras conocer el fallo, la diputada Francisca Bello (CS) señaló que "esta carabinera estaba siendo juzgada por desnudamientos, lo que es considerado un apremio ilegítimo, la pena correspondía entre los 541 días a cinco años de cárcel y, lamentablemente, gracias a la Ley Nain-Retamal la condena fue reducida a 541 días, y, lamentablemente, no pasará ni un día en la cárcel".
No aplica legítima defensa
La parlamentaria hizo notar que en "este caso no aplica la legítima defensa, ya que la carabinera no estaba en peligro; la víctima estaba, además, cuidando a sus hermanas menores de edad, por lo que ella no representaba ninguna amenaza ni para la institución ni para la carabinera. A pesar de esto, la Ley Nain-Retamal con su estatuto protector la favoreció".
Bello subrayó que "lo que aquí hubo es violencia sexual por parte de las fuerzas de orden. Negar su existencia y permitir que no sea castigada es una forma de revictimización que además pone aún más trabas a las denuncias, que ya son difíciles, y aumenta la desconfianza con las instituciones, lamentablemente".
Agregó que "la rebaja de la pena va en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos y todos los fallos de la Corte Internacional de Derechos Humanos, y contra cualquier principio por los que hemos luchado largos años las feministas, de reconocimiento, por ejemplo, de la violencia sexual como forma de amedrentamiento dentro de las fuerzas de orden".
Retroactividad
Por su parte, el diputado Andrés Celis (RN) planteó que "la condena a la carabinero Lorena Carrillo por el delito de apremios ilegítimos es expresión de cómo funciona el sistema penal. La ley Nain-Retamal es una ley que estableció nuevos estándares en materia de protección policial y por eso aplica también para hechos que pueden haber ocurrido con anterioridad a su entrada en vigencia".
Añadió que "además, en este caso, hubo una condena contra la funcionaria, pero lo que ocurre es que se aplicó una pena alternativa que se cumple en libertad, lo que muestra que no existe impunidad, sino, al contrario, se determinó la responsabilidad de la imputada. No puede decirse entonces que esto contradice la aplicación de la ley o el sistema, al contrario, es el resultado práctico de cómo funciona".
"una aberración"
En tanto, el diputado Luis Cuello (PC) indicó que "lo que hizo el tribunal fue aplicar una norma aprobada en la Ley Nain-Retamal, que deroga una circunstancia agravante para el delito de apremios ilegítimos cuando la víctima está bajo custodia de un funcionario público".
"En consecuencia, acá estamos frente a una norma bastante grave, una aberración que vulnera los derechos humanos al dejar desprotegidas a las víctimas de apremios ilegítimos cometidos por policías. Nosotros rechazamos esa norma en el Congreso y creo que esto da cuenta de un debate irreflexivo y de excesos que se cometieron en esta ley", concluyó el parlamentario.
"Tratándose de una ley más favorable para el imputado, (...) fue el propio fiscal de la causa quien solicitó al tribunal no aplicar la agravante".
Fiscalía Regional
"Vulnera los derechos humanos al dejar desprotegidas a las víctimas de apremios ilegítimos cometidos por policías".
Luis Cuello, Diputado (PC)