Corte anula ordenanza de participación para proceso constituyente
VALPARAÍSO. Máximo tribunal acogió el recurso del abogado Díaz Yubero, quien analizará pedir recuperación de recursos.
La Corte Suprema, en fallo unánime, decidió acoger el recurso de reclamación interpuesto por el abogado Rodrigo Díaz Yubero en contra de la ordenanza de participación ciudadana aprobada por la Municipalidad de Valparaíso para el anterior proceso constituyente, quedando esta sin efecto.
En la sentencia entregada por el máximo tribunal del país, recuerdan que la ordenanza establece como principal propósito la regulación de mecanismos y procedimientos de participación ciudadana, por lo cual, apuntan que la comuna "aportará al desarrollo del proceso constituyente, poniendo a disposición de los y las ciudadanas de la comuna, las instancias que fomenten y faciliten la expresión de sus intereses, demandas, visiones y, en general, espacios de participación ciudadana autónomos, referidos al rol de los municipios en la nueva constitución".
No obstante, desde la Corte Suprema explican que "el proceso constituyente se encuentra vinculado a la decisión de asuntos que conciernen a la sociedad civil en común, acorde con la voluntad y las necesidades de los ciudadanos en general, de tal suerte que los posibles canales de participación popular para la definición del nuevo orden constitucional, no se condice con las funciones y atribuciones otorgadas a los gobiernos locales".
En ese sentido, subrayan que la ilegalidad de la ordenanza es clara "al soslayar que el ejercicio de la autonomía municipal, se encuentra condicionada al cumplimiento irrestricto de las funciones y atribuciones determinadas por la Constitución Política de la República y las leyes dictadas conforme a ella, es decir, en asuntos de claro interés local, en aras de alcanzar el desarrollo económico, social y cultural de la comuna, lo cual, en la especie, no ocurre".
Respecto a la decisión adoptada por la Corte Suprema, el abogado Rodrigo Díaz Yubero se mostró conforme y pormenorizó que de cara hacia el futuro "este fallo establece respecto a la participación popular para la definición del nuevo orden constitucional que los municipios no pueden arbitrar bajo la excusa de la participación ciudadana, procesos que se relacionan con ámbitos que no apuntan a la satisfacción de las necesidades de la comunidad local. Es decir, deben mantenerse al margen".
Añadió que "una consecuencia que debe analizarse a partir de este fallo es la posibilidad de impetrar la eventual devolución de los dineros que el municipio gastó para ejecutar una ordenanza declarada ilegal por el máximo tribunal del país".
RESPUESTA DEL MUNICIPIO
Desde la casa consistorial, el director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Valparaíso, Nicolás Guzmán, apuntó que "respetamos la sentencia de la Corte Suprema, sin perjuicio que la ordenanza de Participación Ciudadana en el Proceso Constituyente ya no está vigente en la comuna desde septiembre de 2022, la cual había sido declarada legal por la Corte de Apelaciones".
Consultado por si a pesar de la decisión adoptada por la Corte Suprema persistirán con la idea de Participación Ciudadana para el actual proceso constituyente, Guzmán aclaró que "como alcaldía ciudadana seguiremos por el camino de la participación ciudadana, en el marco de nuestras funciones legales, pues consideramos que el seguir mejorando Valparaíso se debe hacer por la gente y con la gente".
"Seguiremos por el camino de la participación ciudadana, en el marco de nuestras funciones legales".
Nicolás Guzmán, Director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Valparaíso