Fuerte debate genera norma para impugnar al Presidente
CONSTITUCIÓN. Consejeros de derecha apuntan a extender la facultad a cualquier ciudadano, mediante acción pública. Pronostican la generación de un "caos".
Advirtiendo una parálisis de la gestión del actual y de los próximos gobiernos frente a la posibilidad que tendrá cualquier ciudadano para objetar decisiones tan elementales como los estados de excepción, algunos consejeros criticaron enmiendas presentadas por la derecha para resolver mediante la acción pública, es decir, la de cualquier ciudadano, los vicios de constitucionalidad de los decretos supremos ejecutados por el Presidente de la República.
Se trata de tres enmiendas que apuntan básicamente al mismo objetivo: que mediante acción pública se pueda "requerir a la Corte Constitucional la declaración de inconstitucionalidad" de los decretos supremos. Hablamos de tres enmiendas que fueron presentadas por separado por la bancada Republicana, otra por RN-Evópoli y una tercera por la UDI.
Según explicó la consejera de Convergencia Social y experta en derecho Constitucional, María Pardo, "las enmiendas de la derecha pretenden que cualquier persona, mediante acción pública, pueda impugnar cualquier decreto emitido por el Presidente de la República". Propuesta que, dice, "es inaudita en nuestra historia constitucional y que presenta serios problemas desde la perspectiva del diseño orgánico".
"Dar acción pública para impugnar los decretos presidenciales implica que cualquiera podrá cuestionar ante la Corte Constitucional cualquier acto del Presidente de la República, lo cual es problemático porque producirá una paralización y una perturbación importante de la actividad de conducción del Gobierno", indicó. Ejemplifica con la posibilidad de que "un ciudadano común y corriente, apelando al interés general, le pueda impugnar al Presidente actos de cualquier tipo, como nombramientos o bien reglamentos del Presidente".
Pardo anticipa, de prosperar la enmienda de los partidos mayoritarios del Consejo Constitucional, "la generación de un caos, ya que está lejos de ser un diseño institucional responsable". Cree que "si el objetivo es apuntar a la conducción y estabilidad del sistema, entonces estas enmiendas no son las indicadas, porque hacen todo lo contrario".
Parálisis del gobierno
Según el vicepresidente del Consejo Constitucional y representante de la región en el órgano, Aldo Valle (Ind.-PS) "es de suma relevancia el control de los actos de la administración del Estado"; sin embargo, advierte que "la existencia de una acción pública contra los actos de gobierno arriesga devenir en una inmovilidad o parálisis de la administración". "Ello no forma parte de los medios de control recíproco, propios de los regímenes que responden al principio de separación de poderes, con independencia del signo político al que responda el gobierno de turno", criticó.
Mientras, Leslie Sánchez, integrante de la Comisión Experta, ve en la posibilidad de que "cualquier ciudadano pueda accionar sobre la constitucionalidad de los Decretos Supremos del Presidente de la República, una decisión que puede conllevar grandes dificultades. "El Presidente ejerce su mandato mediante dichos decretos y, por ende, cuestionar sus decisiones implica paralizar la gestión del gobierno", dijo.
No considera apropiado, por ejemplo, que "en materia de seguridad pública se puedan objetar decisiones tan relevantes como los Estados de excepción".
Trabas para el estado
En palabras del académico en derecho constitucional de la PUCV, John Charney, si se abre esta atribución "para que cualquier ciudadano pueda reclamar ante la Corte por un vicio de constitucionalidad de un decreto supremo, el propósito deja de ser el de destrabar un conflicto entre poderes del Estado y se transforma en una invitación para trabar el funcionamiento del gobierno de turno y con ello la acción del Estado".
Fortalecer a la sociedad
Consultado sobre esta criticada enmienda presentada por su partido y los demás conglomerados de Chile Vamos, el consejero republicano y presidente de la Comisión de Función jurisdiccional y órganos autónomos, Antonio Barchiesi, aclaró que "nadie desconoce que el Tribunal Constitucional tiene que poder resolver sobre la constitucionalidad de decretos supremos".
La discusión, según planteó, tiene otro foco, ya que apunta a si esa solicitud pueden pedirla sólo los "parlamentarios, o si lo puede hacer cualquier persona".
"Nosotros creemos que hay que fortalecer a la sociedad civil, especialmente cuando se trata de impugnar actos inconstitucionales", afirmó. Además, recordó que "ha sido la izquierda la que ha recurrido a la Corte Suprema innumerables veces para dejar sin efecto decretos supremos del Presidente".
"Se producirá una paralización y una perturbación importante de la actividad de conducción del Gobierno".
María Pardo, Consejera constitucional (CS)
"Creemos que hay que fortalecer a la sociedad civil, especialmente cuando se trata de impugnar actos inconstitucionales".
Antonio Barchiesi, Consejero constitucional (Rep.)
"La existencia de una acción pública contra los actos de gobierno arriesga devenir en una inmovilidad o parálisis".
Aldo Valle, Consejero constitucional (Ind.-PS)