"Mientras no existan estudios técnicos, las demoliciones son meras opiniones"
Funcionario municipal por más de 40 años, el Director de Obras Municipales (DOM), Julio Ventura Becerra, ha estado en el ojo del huracán desde la llegada de la alcaldesa de Viña del Mar Macarena Ripamonti. Sin embargo, tras los socavones de Reñaca, que afectaron la avenida Borgoño, el colector de aguas de la calle Costa de Montemar y, en consecuencia, la habitabilidad de los edificios Kandinsky, Miramar 1 y 2, y Santorini Norte, su figura fue sindicada directamente como el gran responsable de haber permitido la construcción en el campom dunar.
Quitado de bulla, reacio a las entrevistas y a la figuración pública, Ventura accedió a responder por escrito un cuestionario sobre el actual trance en el que se ha visto involucrado y tras el cual, incluso, se ha cuestionado la figura de los DOM a nivel nacional.
- ¿De qué manera se enteró y qué fue lo primero que pensó respecto del socavón del 22 de agosto adyacente al edificio Kandinsky?
- Por una llamada telefónica, con posterioridad los inspectores me informaron en detalle de la situación.
- Si bien, a su juicio, la autorización de construcción de unos diez edificios en el área de los socavones está apegada a la ley, ¿cree usted razonable la evidente sobrecarga inmobiliaria que existe sobre el campo dunar? ¿Cuál es su justificación, más allá de la norma, sobre la autorización de construcción?
- Las DOM deben aplicar las normas urbanísticas establecidas en los PRC, y los permisos girados dan estricto cumplimiento a dichas disposiciones. Cabe precisar que el PRC no contiene una normativa que garantice la adecuada protección de los recursos naturales y ambientales de la comuna, ya que es un instrumento de planificación de antigua data. En este sentido se debe reformular el plan regulador adaptándolo a los desafíos emergentes en el proceso de desarrollo urbano. Materia que escapa a las atribuciones y deberes de una DOM, ya que son tareas de planificación.
- ¿Qué diferencias o similitudes ve usted entre los casos del Kandinsky, las dos torres de Miramar Reñaca y Santorini Norte?
- Los proyectos mencionados forman parte de un mismo loteo de antigua data que forma parte del área urbana comunal y que está normada por el PRC.
- Tras la declaración y recomendación de inhabitabilidad para el Kandinsky y las Torres Miramar, ¿cuál debiese ser el siguiente paso? ¿Qué piensa de una posible orden de demolición que incluso han planteado los propios concejales?
- La inhabitabilidad debe permanecer hasta que la reposición del Bien Nacional de Uso Público se complete al nivel técnico que corresponde. Sólo cuando estén recepcionadas dichas obras, aspectos como la accesibilidad a los edificios, seguridad y eventos de emergencia quedarán garantizados. Acerca de las demoliciones se debe entender que, mientras no existan los estudios técnicos y profesionales competentes, son meras opiniones.
- ¿Cuál es la responsabilidad del Estado, el MOP, el municipio y de los privados en esta historia?
- Las responsabilidades por la destrucción del Bien Nacional de Uso Público serán establecidos por los organismos competentes.
- La alcaldesa Ripamonti dice que usted no responde órdenes, que ha recibido a constructoras e inmobiliarias sin registro en Ley de Lobby (sólo tres desde el arranque de la ley), lo ha calificado con mala nota y le ha abierto un sumario por eventual incompatibilidad ética por una posible conexión entre la DOM y Asesoría urbana. ¿Qué responde a ello?
- La autoridad alcaldicia está mal informada en la materia. Al respecto mi forma de trabajo es delegar funciones y responsabilidades en las diversas jefaturas de secciones de la DOM, de manera que, si un contribuyente requiere a través de la Ley de Lobby que se le reciba, traspaso esa petición a la jefatura correspondiente para que asigne al funcionario vinculado al caso la responsabilidad de recibir al usuario. Esta forma de operar internamente al parecer no es comprendida por la autoridad. No tengo conocimiento a la fecha del supuesto sumario al que usted se refiere.
- Por su parte, Duna Viva arremete contra usted en Contraloría por una supuesta falta de probidad administrativa en la tramitación de permisos de obras cercanas al Santuario La Punta, y sin requerir evaluaciones o permisos ambientales desde su entrada en vigencia en 2010 o, al menos, haber acudido al SEA.
- Es necesario precisar que de acuerdo a la legislación vigente los permisos ambientales no pueden ser exigidos por la DOM al momento de cursar los permisos de obras: son exigidos en la etapa de recepción. Este proceso está condicionado al cumplimiento de ciertas normativas establecidas por la propia legislación: a manera de ejemplo, la construcción debe tener 80 unidades habitacionales y si es un conjunto de vivienda social, 120 unidades habitacionales. Sin perjuicio de lo expuesto hay un período donde no es exigible cuando un PRC esta ambientalmente aprobado, que es el caso de Viña del Mar de acuerdo a lo establecido por la autoridad competente.
- El concejal René Lues y otros acusan que esto se trata de una especie de "cacería" en su contra, ad portas de su jubilación. ¿Usted cree que se trate de eso? ¿De una persecución política o de una forma de convertirlo a usted en chivo expiatorio?
- Me parece que la opinión del concejal es oportuna.
- Usted estuvo alejado de la DOM durante casi quince años por un sumario, con Fernando Durán en su reemplazo, ¿qué rol cumplieron él y la exalcaldesa Reginato en los permisos de construcción en las dunas y en la disminución del área protegida?
- No corresponde pronunciarme sobre la labor de otras administraciones. Ya he señalado que la materia relativa al PRC corresponde ser abordada por las instancias de planificación del municipio, por lo que no es materia de la DOM.
- ¿Cuánto contacto ha tenido con sus superiores del Minvu en la actualidad y en el pasado?
- De acuerdo a la legislación, es función de la Seremi Minvu supervigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas. Le corresponde, además, interpretar los instrumentos de planificación, es decir, los PRC. En este rol de dependencia, las relaciones del Minvu y Dom son normales.
- Con la distancia que le da el tiempo, ¿cree usted que el proceso de compra de las dunas y posterior ejecución inmobiliaria en ellas fue adecuado?
- Las decisiones del mercado inmobiliario son de carácter privado, no es materia incumbente de la DOM.
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