Caravana de la Muerte: Corte Suprema condena a Cheyre como cómplice
RESOLUCIÓN. El máximo tribunal sentenció al ex comandante en jefe del Ejército a cinco años de cárcel con el beneficio de libertad vigilada por el llamado "Episodio La Serena".
Redacción
La Segunda Sala de la Corte Suprema condenó ayer a nueve militares en retiro por su responsabilidad en el homicidio calificado de 15 personas, en el marco del llamado "Episodio La Serena" del caso Caravana de la Muerte. Entre los condenados está el ex comandante en jefe del Ejército, general (r) Juan Emilio Cheyre, quien fue sentenciado en calidad de cómplice a cinco años de cárcel con beneficio de libertad vigilada.
En su fallo, la Suprema aumentó las penas que deberán cumplir los militares en retiro por los homicidios cometidos el 16 de octubre de 1973.
Según la ponderación del máximo tribunal, la participación atribuida a Cheyre como encubridor de los homicidios fue un error y en su veredicto lo consideraron como complicidad.
La sala de la Corte estuvo integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier.
Según el veredicto, Pedro Espinoza Bravo y Juan Chiminelli Fullerton fueron sentenciados a 15 años y un día de presidio, en calidad autores de los 15 homicidios calificados. Víctor Hugo Alegría Rodríguez, Jaime Ojeda Torrent y Emilio de la Mahotiere González fueron condenados a 10 años y un día de presidio en calidad de cómplices. Mientras, Hernán Valdebenito Buggman, Guillermo Raby Arancibia y Luis Araos Flores fueron sentenciados a cinco años y un día de prisión como encubridores.
Los personas asesinadas en el "Episodio La Serena" del caso Caravana de la Muerte fueron Óscar Gastón Aedo Herrera, Gabriel Gonzalo Vergara Muñoz, Marcos Enrique Barrantes Alcayaga, Jorge Washington Peña Hen, Mario Alberto Ramírez Sepúlveda, Hipólito Pedro Cortés Álvarez, Jorge Abel Contreras Godoy, Roberto Guzmán Santa Cruz, Jorge Mario Jordán Domic, Carlos Enrique Alcayaga Varela, Jorge Ovidio Osorio Zamora, José Eduardo Araya González, Óscar Armando Cortés Cortés, Manuel Jachadur Marcarian Jamett y Víctor Fernando Escobar Astudillo.
El fallo
En su resolución los jueces señalan que "sin duda la reunión entre la Comitiva y una parte del personal del Regimiento de Artillería N° 2 Arica de La Serena corresponde a un momento previo a los delitos cometidos y en ella se revisaron los antecedentes estadísticos de quienes se buscaba acelerar los procesos que afectaban a detenidos políticos y en su caso, de inmediato proceder a ejecutarles".
Añade que "tal tarea era propia de quienes conformaban el círculo más selecto de la Unidad Militar que era visitada por la Comitiva, de allí que sus principales partícipes eran, entre otros, Sergio Arellano Stark, Marcelo Moren Brito, Ariosto Lapostol Orrego, Manuel Cazanga Pereira y, además, quien era el ayudante del primer mando del Regimiento, el sentenciado Juan Emilio Cheyre Espinoza. En este sentido, esta reunión forma parte de un acto de selección, donde todos (salvo los fallecidos), vienen respondiendo criminalmente, pues, consecuencialmente, la misma ha de entenderse como un suceso previo y propio de una cooperación criminal en aras de la concreción de la fatídica misión de la Comitiva encabezada por Arellano Stark, aspecto que forma parte del cúmulo de antecedentes probatorios que sirvieron de base en la construcción de los hechos".