LA TRIBUNA DEL LECTOR Agustín Squella y los Derechos Humanos
POR GONZALO IBÁÑEZ SANTA MARÍA
¿Podrán todos decir lo mismo? Por ejemplo, ¿cómo estar felices cuando hace muy poco el país fue arrasado en nombre de tales derechos? ¿Cuando los delincuentes fueron apreciados como apóstoles de esos derechos, hasta el punto de serles concedidos generosos indultos por sus fechorías? Entretanto, la policía que intentaba contenerlos era acusada y procesada bajo la acusación de haber violado esos derechos. ¿Podremos estar felices cuando somos testigos de cómo los seres humanos más indefensos -aquellos que, habiendo sido ya concebidos, todavía están en el seno de sus madres- son masacrados en nombre de esos mismos derechos humanos?
Estos derechos son proclamados como propios de todos los seres humanos, pero al momento de los hechos aparecen como los de unos y no los de otros. Queda la impresión de que más bien son privilegios de algunos a los cuales los otros tienen que servir. Los derechos humanos: ¿los míos o los tuyos? Es la pregunta que todos nos hacemos a la luz de las últimas experiencias en Chile. Tal vez, no deberíamos extrañarnos porque cuando esos derechos comenzaron a hacer historia, en 1789, lo hicieron junto a un instrumento tan tenebroso como era la guillotina, con el resultado de miles de cabezas cortadas... en nombre de esos derechos.
Los derechos humanos, tal como los apreciamos en la práctica, son libertades o instrumentos que su titular puede emplear a su antojo. Cuando más, siempre que no vayan contra derecho ajeno. Pero, entonces, ¿por qué debo limitar un derecho mío para dar curso al derecho de un tercero? ¿Por qué éste no limita su derecho para dar curso al mío? En ese escenario, que es muy frecuente, no hay otra conclusión que la de que cada uno tiene tantos derechos cuanta sea la fuerza con que puede respaldarlos. La experiencia chilena de los últimos años corrobora por desgracia esta conclusión.
Es que, a estos derechos, tal como se proclaman, les faltan algunos elementos esenciales para que puedan ser útiles socialmente ¿Cuáles? En primer lugar, les falta subordinación al bien común. Nadie puede emplearlos contra ese bien; al contrario, ellos están para servirlo. Por lo mismo, les falta reconocer expresamente que su uso genera responsabilidad para su titular de la cual éste deberá dar cuenta oportunamente. En fin, les falta reconocer que su medida se establece en relación con la medida de los derechos de los demás. Es decir, que son una "proporción" en lo que se reparte. Así, por ejemplo, si lo que se reparte es alimento, lo de cada uno es proporcional según su aporte al trabajo de producirlos o las necesidades que tengan de ellos. Si se reparten castigos, a cada uno le corresponderá según su responsabilidad en el crimen o delito. Si se reparten tareas, lo propio de cada uno estará determinado por su capacidad de emprenderlas y así será la remuneración que le corresponda, etc.
Está bien que Squella reconozca que estos derechos deben siempre ser estudiados. Aquí, en las líneas precedentes, le propongo algunos temas.
En reciente columna, Agustín Squella expresa su honor por haber sido profesor de una casa de estudios donde los derechos humanos han constituido una materia preferente de estudio. De hecho, considera que su proclamación constituyó uno de los momentos más felices en la historia de la humanidad.