Contraloría no acredita de forma total el trabajo de exsubsecretario de Redes en el SSVQ
VIÑA. Instruyó iniciar procedimiento disciplinario que indague eventuales responsabilidades administrativas. También cuestionó tareas ejecutadas por otros dos profesionales.
La Contraloría General de la República instruyó al Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota (SSVQ) iniciar un procedimiento disciplinario con el objetivo de determinar eventuales responsabilidades administrativas detectadas en las contrataciones y funciones realizadas en esa repartición por tres profesionales, entre ellos, el exsubsecretario de Redes Asistenciales, Fernando Araos, durante 2023 y 2024.
La investigación se gestó por dos denuncias que recibió la sede regional del órgano, una de ellas presentada por la Federación de Trabajadores de la Salud (Fenats) Región de Valparaíso, que solicitaron fiscalizar la legalidad, pertinencia y el correcto uso de los recursos públicos en las contrataciones a honorarios tanto de Araos como de Leticia Ramírez Arriagada y Sergio Teke.
Plan integral
Cabe consignar que Fernando Araos renunció a su cargo de subsecretario de Redes Asistenciales en junio 2023, cuestionado por su gestión del manejo de camas críticas ante la crisis generada por enfermedades respiratorias y que, hasta esa fecha, había cobrado la vida de seis menores de un año.
En diciembre de 2023 fue contratado a honorarios por el SSVQ para desarrollar un plan integral para fortalecer y optimizar el servicio, abarcando en este sentido el diagnóstico de redes, la identificación de brechas, una evaluación institucional, formulación de propuestas para la cartera de prestaciones y un plan de inversiones.
No obstante, el 17 de mayo de 2024, el médico cirujano presentó su renuncia voluntaria, que se hizo efectiva el 1 de junio de ese año. Alcanzó a percibir $ 12 millones en seis meses de labores.
Según precisa el Informe de Investigación Especial de la Contraloría n° 726, evacuado el 30 de diciembre de 2024, la directora del SSVQ, Andrea Quiero, en su declaración prestada al organismo de control, manifestó que el citado plan integral que debía realizar Araos se desarrolló en parte, atendida su renuncia anticipada, por lo que "como dicho profesional es experto en SAMU, su trabajo lo efectuó fundamentalmente en esa área, desarrollando una propuesta para iniciar el proceso de reconocimiento de dicha unidad como parte de la red asistencial del SSVQ", señala el documento.
Para el análisis de las tareas desempeñadas, la Contraloría tuvo a la vista diez informes emitidos por Fernando Araos entre enero y mayo 2024, relacionados con el SAMU Viña del Mar Quillota, "el último de los cuales contiene, en síntesis, una evaluación general, un análisis bibliográfico y recomendaciones para mejorar ese servicio de urgencia".
"En consecuencia, no es posible demostrar, más allá de toda duda razonable, que la totalidad de las actividades y productos consignados en los informes que respaldaron los pagos efectuados al señor Araos Dattoli, hayan sido efectivamente realizados por ese profesional, por lo que tales desembolsos carecen de los atributos de acreditación de respaldo, infringiéndose lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado", consignó el informe de Contraloría.
Ante lo descrito, el órgano solicitó al SSVQ que "deberá, en lo sucesivo, arbitrar las acciones que correspondan para evitar que situaciones como la descrita se repitan".
Consultoría
Por otra lado, desde el 1 de marzo de 2023, Leticia Ramírez y Sergio Teke, socios de la empresa R&T Consultoría Gestión e Inversiones Limitada, fueron contratados de forma individual, pese a conformar un equipo consultor, para prestar servicios de asesoría de experto en inversiones en salud al SSVQ. De acuerdo a lo explicado a la Contraloría por la directora del SSVQ, Andrea Quiero, se optó por esta fórmula de contrato "y no por medio de una licitación pública, dado que esta última modalidad habría tomado mucho tiempo", indica el informe.
Al respecto, el ente fiscalizador dejó en claro que "la observación formulada no cuestiona la decisión de la autoridad para contratar asesores, sino que objeta que en la práctica se trató de una consultoría ejecutada por un equipo de trabajo conformado por la señora Ramírez Arriagada y el señor Teke Sandoval y no de servicios a honorarios de 2 profesionales distintos".
A su vez, la Contraloría concluyó que las tareas desempeñadas por ambos profesionales corresponden a labores propias de la Subdirección de Inversiones del SSVQ, por lo que "el SSVQ deberá adoptar medidas para evitar que las labores encomendadas a asesores a honorarios se superpongan con alguna de las funciones que le correspondan ejecutar a las subdirecciones de ese servicio y que estas se contraten de forma continua".