Ley de 40 horas: comercio valora fallo de Corte que respalda la reducción por minutos
LA SERENA. La DT había estipulado que el recorte inicial debía realizarse en una hora de un día de la semana. Ente señala que dictamen no se referiría al fondo.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de nulidad presentado por la Dirección del Trabajo (DT), reafirmando la validez de la fórmula aplicada por la empresa Maicao para reducir la jornada laboral en minutos diarios en el marco de la ley de las 40 horas. De paso, dejó sin efecto la multa impuesta a la empresa y se establece un precedente que podría influir en la aplicación de la normativa laboral.
El fallo fue recibido con buenos ojos por el gremio del comercio, que ha cuestionado el criterio de la DT sobre la metodología de reducción horaria. En particular, la Dirección del Trabajo había estipulado que el recorte inicial debía realizarse en una hora de un día de la semana y no mediante la reducción de minutos diarios. Sin embargo, la resolución de la Corte de Apelaciones indica que la interpretación de la empresa no contraviene la legislación vigente.
El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), José Pakomio, valoró el fallo y enfatizó la importancia de entregar certezas jurídicas a las empresas. "Esta fue una norma ampliamente debatida y consensuada en su tramitación, y cualquier intento de reinterpretarla por otras vías, ya sea a través de dictámenes administrativos o nuevas legislaciones, genera incertidumbre jurídica y afecta la confianza en nuestras instituciones", declaró. Además, sostuvo que "ojalá el Gobierno velara por el resguardo de la ley y de los acuerdos alcanzados como lo están haciendo los tribunales. Las empresas necesitan certezas y no autoridades que cambien las reglas cuando no les gusta el resultado".
¿Dictámenes ley?
Desde el sector empresarial, el fallo es interpretado como una garantía de que la aplicación de la ley de 40 horas puede realizarse de manera proporcional en los distintos días de la semana. Esta postura ha sido respaldada por expertos en derecho laboral, quienes han advertido que la Dirección del Trabajo no puede elevar sus dictámenes administrativos al rango de ley.
Por su parte, la jefa del Departamento Jurídico de la DT, Natalia Pozo, aclaró que el fallo no se pronuncia sobre el fondo del criterio aplicado por la institución, sino que cuestiona la fecha en que se cursó la multa. Explicó que "se analizó un período que se inició el 1 de abril de 2024, es decir, antes de la interpretación aludida".
Pozo también indicó que la decisión judicial no es recurrible ante una instancia superior, ya que en casos de reclamaciones de multas no aplica dicho procedimiento.
La resolución de la Corte de Apelaciones podría marcar un precedente en la aplicación de la ley de 40 horas, reabriendo el debate sobre la flexibilidad en la reducción de la jornada laboral. Mientras que el Gobierno ha sostenido que la rebaja debe realizarse en bloques de una hora semanal, la decisión judicial sugiere que también podría hacerse mediante la distribución de minutos diarios.
A medida que la implementación de la ley de 40 horas avanza, se espera que surjan nuevos casos que sigan definiendo la forma en que las empresas deben aplicar la reducción. Por ahora, hay una serie de modificaciones que las empresas deben aplicar. Para el mes de abril, por ejemplo, está estipulado que todas las empresas deban tener sistemas digitales de control de entrada y asistencia, que no sean manipulables.